El Gobierno refuerza la protección infantil y prohíbe el falso SAP con la nueva reforma de la ley

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El Gobierno aprueba la ampliación de la ley de infancia para reforzar la protección de menores y prohibir el falso SAP

El Consejo de Ministros y Ministras tiene previsto aprobar este martes una importante reforma de la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI). Esta ampliación, impulsada por el Ministerio de Juventud e Infancia, busca fortalecer la defensa de los derechos de niños, niñas y adolescentes en España, corrigiendo fallos estructurales en la respuesta institucional a la violencia que afecta a menores.

Reforzando el derecho de los menores a ser escuchados

Uno de los cambios más significativos de la nueva normativa es el reconocimiento pleno del derecho de los menores a ser escuchados en cualquier procedimiento que les afecte, independientemente de su edad. Hasta el momento, la obligación de escuchar a los menores solo se aplicaba a partir de los 12 años o cuando se valoraba una «madurez suficiente», lo que en la práctica suponía una vulneración del Artículo 12.2 de la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU.

Con la reforma, la voz de los niños y niñas pasa a ser central en las decisiones que puedan tener consecuencias en sus vidas. Así, se garantiza que sean escuchados directa o indirectamente en todos los procedimientos judiciales o administrativos que les conciernen.

El interés superior del menor como principio fundamental

La ampliación de la LOPIVI también refuerza el principio del interés superior del menor. A partir de ahora, todas las resoluciones administrativas y judiciales deberán justificar explícitamente cómo se ha valorado este interés y de qué manera la decisión adoptada protege el bienestar físico, emocional y psicológico del menor. No bastará con invocar el principio, sino que será necesario demostrar su aplicación efectiva.

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Dentro de estos criterios, se establece de forma clara que el interés superior del menor nunca será estar con una persona agresora o presunta agresora. De este modo, se prioriza la protección frente a cualquier forma de violencia.

Prohibición expresa del falso Síndrome de Alienación Parental

La reforma introduce la prohibición explícita del uso del falso Síndrome de Alienación Parental (SAP) y de cualquier otra formulación similar sin respaldo científico. Ningún informe, tanto público como privado, basado en el SAP podrá ser utilizado en procedimientos judiciales o administrativos. Además, se abre la posibilidad de recurrir resoluciones que hayan hecho uso de este tipo de argumentación.

Con esta medida, el Ejecutivo pretende impedir que construcciones desacreditadas influyan en decisiones que afectan a la seguridad y credibilidad de los menores o de las personas que denuncian situaciones de violencia, quienes, en la mayoría de los casos, suelen ser sus madres.

Nuevas garantías en materia de custodia y acceso a servicios

  • No podrá acordarse la custodia compartida si existen indicios de que puede perjudicar la salud física, psíquica o emocional del menor.
  • Cuando un menor exprese rechazo hacia uno de sus progenitores, el sistema estará obligado a investigar las causas y anteponer la protección del menor.
  • Se establece que bastará el consentimiento de un solo progenitor para que un menor pueda acceder a atención psicológica, social o jurídica, evitando así que el agresor pueda bloquear el acceso a estos servicios de apoyo.

Endurecimiento de requisitos para trabajar con menores

La nueva normativa endurece también las condiciones para ejercer actividades que impliquen contacto habitual con menores, exigiendo no haber sido condenado por delitos relacionados con la infancia y la adolescencia. La violencia de género se incorpora al listado de delitos que suponen la exclusión de estos puestos de trabajo.

Asimismo, se establece la obligación de crear turnos de oficio especializados en violencia contra la infancia en los colegios de abogacía, con el objetivo de garantizar una atención jurídica adecuada y especializada a los menores víctimas de violencia.

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Un avance en la protección de la infancia

Desde el Ministerio de Juventud e Infancia se considera que la ampliación de la LOPIVI marca «un punto de inflexión en la respuesta del Estado» frente a un sistema que, durante demasiado tiempo, no ha protegido adecuadamente a los menores frente a la violencia. Con estas nuevas medidas, España refuerza su compromiso con la defensa y el bienestar de la infancia y la adolescencia.

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