La Fiscalía califica de «hipótesis» sin sustento los argumentos para juzgar a Begoña Gómez
La Fiscalía Provincial de Madrid ha manifestado su desacuerdo con los motivos presentados por el juez Juan Carlos Peinado para llevar a juicio a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. El Ministerio Público considera que se trata de «meras conjeturas» y «aseveraciones sin base», señalando que los fundamentos del magistrado carecen de la solidez necesaria para justificar la apertura de un proceso penal.
Contexto de la investigación
El caso se centra en la presunta implicación de Begoña Gómez, junto a la asesora de Moncloa Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés, en delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos. Estos cargos, según la Fiscalía, no encuentran respaldo en los hechos investigados.
En un escrito remitido a la Audiencia Provincial de Madrid, la Fiscalía solicita el archivo del proceso al considerar que los hechos no son constitutivos de delito. Además, si finalmente el tribunal decide abrir juicio oral, el Ministerio Público avanza que pedirá la absolución de los investigados y presentará conclusiones absolutorias provisionales.
Críticas al auto del juez Peinado
La Fiscalía acusa al juez de incurrir en una «manifiesta y deliberada confusión de los hechos» al fundamentar su decisión, lo que, en opinión del Ministerio Público, responde a la falta de pruebas sustanciales. Según el escrito, el magistrado estaría «forzando la conexión de actividades profesionales o cotidianas» de Gómez y los otros investigados, tratando de presentarlas como si formaran parte de una «trama u organización criminal».
Uno de los puntos que se analizan es la supuesta apropiación de un software perteneciente a la Universidad Complutense de Madrid (UCM). La Fiscalía asegura que no existe beneficio económico para los investigados ni perjuicio patrimonial para la UCM derivado de estas actividades. Es más, recalca que la cátedra universitaria codirigida por Gómez no generó gastos para la universidad, sino ingresos, y los fondos obtenidos se emplearon en el propio curso y en el desarrollo del software.
Sobre la influencia y las cartas de recomendación
El Ministerio Público sostiene que no hay pruebas que permitan afirmar que Begoña Gómez ejerció «influencia» o tuvo una «incidencia determinante» mediante sus cartas de recomendación a favor de las empresas de Juan Carlos Barrabés para la obtención de contratos públicos. Según la Fiscalía, atribuirle tal influencia carece de base indiciaria y no existen elementos que indiquen presión moral o cualquier otro tipo de actuación ilícita.
Negación de corrupción en los negocios
Respecto al presunto delito de corrupción en los negocios, la Fiscalía subraya que no consta que ninguna aportación de las empresas a la cátedra universitaria haya repercutido en el patrimonio personal de Gómez. Tampoco se ha demostrado que existiera una contraprestación o ventaja competitiva vinculada a las adjudicaciones públicas.
La institución pone en duda el cambio de estrategia de la acusación y del juez instructor, señalando que en dos años de investigación no se ha presentado ni motivado resolución judicial alguna que justifique estas acusaciones. El escrito menciona que solo se observan «presunción contra reo, conjetura o forzamiento de los tipos penales».
Imputaciones adicionales y valoración del Ministerio Fiscal
El Ministerio Fiscal también responde a la acusación de que el patrocinio empresarial de la cátedra podría ocultar «una retribución encubierta» por supuestas ventajas indebidas en adjudicaciones públicas relacionadas con el presidente del Gobierno. Para la Fiscalía, esta es otra «hipótesis carente de base» que intenta forzar una relación ilícita con el sector privado sin evidencias concretas.
En cuanto a Cristina Álvarez, la asesora de Gómez, la Fiscalía considera insuficientes las actividades atribuidas —participación en reuniones, envío de correos, organización de eventos— para justificar una imputación penal.
Postura de la acusación popular
Por su parte, la organización Hazte Oír, que actúa como acusación popular, exige la apertura de juicio contra Begoña Gómez y solicita una condena de 24 años de prisión, la prohibición de salida del país y la retirada del pasaporte, alegando «riesgo de fuga».
Conclusión
La Fiscalía Provincial de Madrid mantiene que las acusaciones contra Begoña Gómez, Cristina Álvarez y Juan Carlos Barrabés se basan en conjeturas y carecen de pruebas suficientes para sostener un proceso penal. El Ministerio Público insiste en el archivo del caso y, en su defecto, en la absolución de los investigados, subrayando la ausencia de indicios sólidos que permitan atribuirles los delitos señalados.
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