El CEO de Glovo, a un paso de juicio por el uso de falsos autónomos

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El juez deja a un paso de juicio al CEO de Glovo por el uso de falsos autónomos

El Juzgado de Instrucción número 31 de Barcelona ha decidido finalizar la fase de instrucción en el caso que investiga a Óscar Pierre, consejero delegado de Glovo, por presunta vulneración de los derechos laborales de los repartidores. El magistrado considera que la empresa continuó empleando a sus trabajadores como falsos autónomos, a pesar de existir resoluciones judiciales firmes que le instaban a regularizarlos como empleados.

Contexto judicial y antecedentes

La investigación se inició tras una denuncia de la Fiscalía, que acusaba a Glovo de mantener una relación laboral encubierta con los repartidores, obligándoles a darse de alta como autónomos. En septiembre de 2020, el Tribunal Supremo ya había dictaminado la «naturaleza laboral» de la relación entre la empresa y sus repartidores, un criterio respaldado posteriormente por otros tribunales.

A pesar de estas sentencias, según el auto judicial, Glovo continuó operando bajo el mismo modelo de vinculación con los trabajadores. El juez destaca que la compañía exige a los repartidores su alta en el régimen especial de autónomos y les hace asumir el coste de sus propias cotizaciones, lo que permite a la empresa reducir gastos laborales sin garantizar los derechos asociados a un contrato laboral estándar.

Prácticas laborales bajo escrutinio

El juez sostiene que la actuación de Glovo va en contra de la legislación laboral vigente y priva a los trabajadores de derechos fundamentales como salarios acordes, jornadas reguladas, descansos, permisos, vacaciones y protección social. Además, resalta que los repartidores no disponen de autonomía real en la organización de su trabajo, ya que están sujetos a la estructura y directrices impuestas por la plataforma digital de Glovo.

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  • La empresa determina la forma y precio de los servicios.
  • Existe un sistema de control algorítmico que gestiona y supervisa la actividad de los repartidores.
  • Los repartidores están obligados a utilizar la aplicación para acceder y gestionar sus servicios.

Respuestas de Glovo y requerimientos de la Seguridad Social

Tras las sentencias del Supremo y otros tribunales, la Seguridad Social ordenó a las Inspecciones de Trabajo provinciales que requirieran a Glovo para verificar si se había reconocido la relación laboral y aplicado los derechos correspondientes. Sin embargo, la empresa no presentó pruebas que acreditasen dicho reconocimiento, limitándose a afirmar que la relación inicial con los trabajadores ya no existía en el momento de los requerimientos.

Pese a ello, el juez considera evidente que los repartidores han seguido desempeñando su labor bajo las mismas condiciones previas, sin que Glovo haya modificado su estatus laboral ni reconocido los derechos que les corresponden como empleados por cuenta ajena.

Próximos pasos judiciales

El auto judicial, que todavía puede ser recurrido, otorga un plazo de diez días a las partes para presentar sus escritos antes de que el caso sea elevado a juicio. La decisión acerca al CEO de Glovo a un posible proceso judicial por un delito contra los derechos de los trabajadores.

En diciembre de 2024, Óscar Pierre ya fue citado a declarar ante el juzgado como investigado. En la víspera de su comparecencia, anunció un cambio en el modelo de contratación de la empresa y aseguró que Glovo comenzaría a emplear directamente a los repartidores para garantizar la «paz social», aunque insistió en la legalidad del sistema anterior.

Implicaciones para el sector del reparto

El caso de Glovo se sitúa en el centro del debate sobre la economía de plataformas y los derechos laborales en España, y podría sentar un precedente significativo para otras empresas del sector. La resolución final podría influir tanto en la regulación futura como en las relaciones laborales dentro de la denominada «gig economy».

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