La Junta Electoral acata al Supremo y revisa la aplicación de la ‘ley de nietos’

Lectura de 5 min

La Junta Electoral Central ejecuta la orden del Supremo sobre la ‘ley de nietos’

La Junta Electoral Central (JEC) ha dado un paso significativo en la aplicación de las medidas cautelares dictadas por el Tribunal Supremo en relación con la conocida como ‘ley de nietos’, una disposición incluida en la Ley de Memoria Democrática. Este lunes, la JEC ha encargado informes tanto a la Oficina del Censo Electoral como a los registros consulares con el objetivo de verificar la vinculación con el exilio de aquellas personas que han obtenido o están en proceso de obtener la nacionalidad española a través de esta vía.

Medidas cautelares y suspensión del voto

La decisión de la JEC se produce tras la resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que la semana pasada atendió las peticiones de Vox y de Iustitia Europa. El Alto Tribunal acordó, de forma provisional hasta que se dicte sentencia, suspender el derecho a voto de las personas inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) que hayan conseguido la nacionalidad española por medio de la ‘ley de nietos’, así como frenar nuevas inscripciones, salvo que los interesados acrediten ser descendientes directos de exiliados españoles.

En concreto, el Supremo ha ordenado a la JEC requerir de inmediato a los encargados de los registros consulares que emitan certificaciones que acrediten que los beneficiarios de la ley nacieron fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela originariamente españoles que sufrieron exilio por motivos políticos, ideológicos, de creencia o de orientación o identidad sexual, y que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.

Antecedentes y actuaciones previas de la JEC

No es la primera vez que la JEC se pronuncia sobre la aplicación de la ‘ley de nietos’. Ya en julio, ante diversas peticiones sobre la legalidad de la instrucción dictada en 2022 por la entonces directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente, la JEC solicitó a la Oficina del Censo Electoral una instrucción concreta sobre cómo debía aplicarse esta normativa.

- Advertisement -

En aquel momento, la Junta Electoral subrayó la necesidad de que la determinación del municipio electoral en el que se inscriban los beneficiarios estuviera debidamente justificada, especialmente si no coincidía con su último domicilio en España. Además, rechazó la suspensión cautelar del procedimiento de elaboración del CERA solicitada por varias formaciones, entre ellas Vox, al considerar que no era competente para pronunciarse sobre la legalidad de leyes o disposiciones reglamentarias.

No obstante, la JEC ya había solicitado a la Oficina del Censo información sobre la aplicación de la normativa vigente, poniendo especial énfasis en la revisión de las declaraciones explicativas de los electores que desean inscribirse en un municipio distinto al de su última residencia en territorio español.

Próximos pasos y repercusiones

Con la ejecución de la orden del Supremo, la JEC refuerza el control sobre el proceso de reconocimiento de la nacionalidad a descendientes de exiliados y su posible impacto en el censo electoral. De este modo, se garantiza que solo quienes acrediten fehacientemente su relación con el exilio puedan ejercer el derecho al voto en las próximas convocatorias electorales.

  • Se revisarán las inscripciones en el CERA relacionadas con la ‘ley de nietos’.
  • Se exigirá certificación consular que acredite el vínculo con el exilio español.
  • Se mantendrán suspendidas nuevas altas y el voto de quienes no cumplan los requisitos hasta una resolución definitiva.

Este proceso supone un refuerzo de los mecanismos de control y verificación en la aplicación de la Ley de Memoria Democrática, en un contexto de creciente debate sobre la interpretación y alcance de los derechos reconocidos a los descendientes de exiliados españoles.

Nota:

Los contenidos publicados en este sitio han sido generados y/o reelaborados mediante el uso de herramientas de inteligencia artificial.

elpuebloinforma.com declina toda responsabilidad, directa o indirecta, por eventuales errores, inexactitudes, omisiones u otras irregularidades presentes en los textos.

El usuario reconoce que dichos contenidos tienen exclusivamente fines informativos y no pueden sustituir en ningún caso fuentes oficiales ni asesoramientos profesionales.

Compartir este artículo
No hay comentarios