Gobierno aprueba nueva ley de publicidad para medios con tope del 35% y mayor transparencia

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Del límite del 35% a la transparencia: claves de la nueva ley de publicidad para medios de comunicación

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al anteproyecto de ley de publicidad del sector público, una de las reformas más significativas impulsadas por el Gobierno de Pedro Sánchez dentro del Plan de Acción por la Democracia. Este nuevo marco normativo busca adaptar la regulación vigente a los retos del actual ecosistema digital y garantizar una distribución más transparente y equitativa de la publicidad institucional entre los medios de comunicación.

Adaptación normativa al entorno digital y la transparencia

El texto, compuesto por 23 artículos y siete disposiciones adicionales, responde a la necesidad de actualizar una ley que cuenta ya con dos décadas de antigüedad. El objetivo principal es armonizar la actuación de las Administraciones públicas con la transformación digital y los nuevos servicios de la sociedad de la información, poniendo énfasis en dos pilares fundamentales: la eficiencia en el servicio a la ciudadanía y la transparencia en la gestión de los recursos públicos.

Durante la presentación del anteproyecto, el ministro de Transformación Digital, Óscar López, subrayó la importancia de reforzar la independencia de los medios y de garantizar que los fondos públicos se asignen bajo criterios claros, objetivos y accesibles para toda la sociedad.

Inspiración europea y nuevos criterios de asignación

Esta reforma se alinea con los objetivos del Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación, que exige a los Estados miembros garantizar que la ciudadanía conozca las fuentes de financiación de los medios, la identidad de sus accionistas, la publicidad institucional que reciben y sus cifras de audiencia.

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Entre las novedades más relevantes, la ley introduce la obligatoriedad de publicar, de forma previa a la adjudicación, los criterios que regirán la distribución de las campañas de publicidad institucional. Estos procedimientos deberán ser abiertos, transparentes y no discriminatorios. Además, las tarifas que los medios presenten al sector público serán consideradas precios máximos y deberán hacerse públicas antes de la contratación.

Límite del 35% en ingresos por publicidad pública

Una de las medidas más destacadas es la imposición de un límite a los ingresos que los medios de comunicación pueden recibir del sector público estatal. Según el anteproyecto, los medios y plataformas en línea no podrán percibir publicidad institucional si los ingresos provenientes del sector público superan el 35% del importe neto de su cifra de negocios del último ejercicio cerrado.

Si un grupo mediático excede este porcentaje en un año, al siguiente ejercicio quedará excluido de recibir fondos públicos por este concepto. El objetivo de esta restricción, según palabras del ministro López, es evitar la dependencia excesiva de los medios respecto de la financiación pública y preservar su independencia editorial.

  • El límite del 35% se calculará considerando el conjunto del grupo empresarial al que pertenezca el medio.
  • Dos excepciones permitirán superar este límite: que el medio no supere los dos millones de euros de facturación anual y que su audiencia esté concentrada en al menos un 70% en una, dos o tres comunidades autónomas limítrofes.

Supervisión y registro obligatorio

La ley establece que solo podrán difundir publicidad del sector público estatal aquellos medios que estén inscritos en el registro estatal o autonómico correspondiente. La información sobre el reparto de la publicidad será accesible a la ciudadanía a través del Informe Anual de Publicidad, que deberá aprobar cada año el Consejo de Ministros.

Además, las comunidades autónomas estarán obligadas a remitir información detallada sobre la distribución de la publicidad institucional a las autoridades u organismos reguladores autonómicos designados, quienes a su vez la trasladarán a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Si una comunidad carece de entidad reguladora, corresponderá a la CNMC asumir esta función.

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En caso de que alguna administración se niegue a aportar datos sobre el reparto de la publicidad, el texto no prevé sanciones específicas. Sin embargo, se deja abierta la puerta a que la justicia europea pueda intervenir si se considera que España incumple la normativa comunitaria.

Ampliación del ámbito y medición de audiencias

La reforma amplía el ámbito de aplicación de la ley, que ahora no solo regulará la publicidad institucional, sino también la publicidad industrial, comercial y mercantil del sector público estatal.

Otra innovación relevante es la exigencia de aplicar sistemas de medición de audiencias que cumplan con los requisitos de transparencia establecidos por la normativa europea. En las licitaciones de contratos públicos de publicidad, las entidades promotoras podrán solicitar datos de audiencia verificados por organismos independientes. No obstante, los detalles sobre estos sistemas de medición se establecerán en un reglamento posterior vinculado a la futura Ley de Medios, aún pendiente de aprobación parlamentaria.

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Próximos pasos y conclusiones

El anteproyecto aprobado deberá regresar al Consejo de Ministros para su aprobación definitiva como proyecto de ley antes de iniciar su tramitación en el Congreso. La intención del Gobierno es que la publicidad pública cumpla una función informativa esencial para la ciudadanía, evitando que se convierta en un mecanismo de presión o dependencia para los medios de comunicación.

Con estas medidas, el Ejecutivo busca fortalecer la transparencia, la independencia del periodismo y la confianza en la gestión de los recursos públicos en el ámbito de la comunicación.

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