El Supremo niega a Puigdemont el material del 1-O y autoriza su destrucción

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El Tribunal Supremo rechaza entregar a Puigdemont el material incautado durante el 1-O y avala su destrucción

El Tribunal Supremo ha denegado el recurso presentado por el expresidente catalán y líder de Junts, Carles Puigdemont, que solicitaba la entrega del material intervenido durante la jornada del referéndum del 1 de octubre de 2017 en Cataluña, argumentando su supuesto «valor histórico». La decisión del alto tribunal avala la destrucción de estos objetos, con la condición de preservar una muestra representativa de cada uno de los efectos recogidos.

La postura del Supremo: sin valor histórico o patrimonial

En el auto hecho público este lunes, la Sala de lo Penal del Supremo confirma la autorización a los Mossos d’Esquadra para proceder a la destrucción del material incautado, tal como había solicitado el cuerpo policial. Los magistrados discrepan de que dichos objetos tengan relevancia histórica o patrimonial, considerando «la naturaleza de los hechos declarados probados» en el juicio por el procés.

Para el tribunal, la entrega de estos efectos a Puigdemont resulta improcedente, ya que el expresidente «no ostenta título dominical, legitimación patrimonial ni competencia pública para la conservación de aquellos». Además, añaden que mantener los objetos en almacenes policiales solo supondría su deterioro progresivo y, en última instancia, su pérdida definitiva.

Recurso de Puigdemont y otros líderes

Carles Puigdemont argumentó en su recurso que el material incautado durante el referéndum poseía un «valor testimonial, histórico y patrimonial» y solicitó recibirlo en calidad de depositario, con el objetivo de garantizar su custodia y preservación como parte del legado institucional de Cataluña.

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A esta petición se sumaron otros exdirigentes como el exvicepresidente Oriol Junqueras y el exconseller Raül Romeva, quienes también recurrieron la decisión del Supremo de abril de 2026 de autorizar la destrucción del material. En sus alegaciones, solicitaron que antes se diera traslado al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, al estar pendiente de juzgarse un caso relacionado con el procés.

  • Exconsejeros Jordi Turull y Josep Rull, y el expresidente de la Asamblea Nacional Catalana Jordi Sánchez, se adhirieron a los recursos.
  • La Abogacía del Estado y Vox solicitaron al Supremo que confirmara la decisión de destruir el material.
  • La Fiscalía apoyó la estimación de los recursos, considerando que el destino legal de las piezas incautadas sería su devolución a la Generalitat de Cataluña.

Decisión judicial y garantías procesales

Pese a estos recursos, el Supremo ha reiterado la improcedencia de entregar los objetos a Puigdemont y ha desestimado también la necesidad de consultar al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, al considerar que el material está bajo su jurisdicción.

Además, el alto tribunal recuerda que la destrucción del material deberá realizarse bajo supervisión legal: un letrado de la Administración de Justicia deberá estar presente y se levantará acta del proceso. Las muestras que no sean destruidas permanecerán custodiadas en dependencias del Supremo.

Sin reconocimiento de valor político o institucional

El Supremo concluye que «dada la naturaleza de los hechos enjuiciados y el contenido de la sentencia condenatoria dictada en su día», no puede afirmarse que el material incautado tenga connotaciones políticas, institucionales, históricas o un valor testimonial o patrimonial relevante, como sostenían los recurrentes.

Con esta resolución, se cierra la vía judicial para la recuperación del material por parte de los líderes independentistas y se confirma la destrucción de los objetos incautados durante el referéndum, poniendo fin a una de las últimas controversias derivadas del 1-O.

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