Acreedores presionan en el Supremo de EE.UU. para que España pague indemnizaciones por renovables

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Presión internacional sobre España: acreedores exigen al Supremo de EE.UU. el pago de laudos por renovables

España se enfrenta a un creciente escrutinio judicial en Estados Unidos debido a su negativa a cumplir con las indemnizaciones dictadas a favor de inversores extranjeros en el sector de energías renovables. El conflicto ha alcanzado el Tribunal Supremo estadounidense, donde los acreedores reclaman el cumplimiento de los laudos arbitrales y denuncian las maniobras dilatorias del gobierno de Pedro Sánchez.

Antecedentes: cambio de reglas y laudos millonarios

El origen de la disputa reside en la modificación, por parte de España, de las condiciones de apoyo a las energías limpias, lo que supuso pérdidas significativas para inversores internacionales. Como consecuencia, diferentes tribunales arbitrales —entre ellos, el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones)— fallaron a favor de los inversores, dictando laudos multimillonarios que España debe abonar.

En suelo estadounidense, al menos seis de estas indemnizaciones han sido reconocidas por los tribunales, abriendo la puerta a posibles embargos de activos españoles si el Estado continúa sin cumplir con sus obligaciones financieras.

El caso Infrared y la batalla en el Supremo de EE.UU.

Uno de los litigios más avanzados es el de Infrared, gestionado por la firma Blasket Renewable Investments. Esta empresa ha presentado un escrito ante el Tribunal Supremo de Estados Unidos solicitando que se rechace la pretensión de España de acogerse a la “inmunidad soberana” para eludir el pago a los acreedores.

En el documento, los abogados de Blasket argumentan que el recurso español carece de fundamento jurídico y relevancia general, acusando al gobierno de querer reabrir cuestiones ya resueltas por tribunales de Suiza, Estados Unidos y el propio CIADI. Además, destacan que ningún tribunal estadounidense ha interpretado la ley de inmunidad del modo en que lo hace España, e insisten en que no existe contradicción entre jueces que justifique una revisión del Supremo.

Reputación internacional y tratados en juego

Los acreedores advierten que aceptar la postura española podría perjudicar la reputación de Estados Unidos como garante del arbitraje internacional. Recuerdan que el país norteamericano ha sido uno de los principales promotores de la ejecución de laudos extranjeros, en virtud del Convenio de Nueva York de 1958 y del Convenio del CIADI, marcos legales bajo los cuales se amparan las actuales reclamaciones.

  • El argumento de España se apoya en una interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), según la cual los arbitrajes entre inversores y Estados miembros deben resolverse en tribunales nacionales.
  • Sin embargo, tribunales de países como Estados Unidos, Australia y Reino Unido han rechazado este razonamiento, subrayando que los tratados internacionales firmados por España mantienen su vigencia fuera del ámbito comunitario.

Embargo de activos y presión judicial

Los titulares de laudos, que suman en conjunto casi 650 millones de euros, han acudido a tribunales extranjeros para solicitar el embargo de bienes del Estado español como medida de presión. El objetivo es forzar el pago de las indemnizaciones que el gobierno ha venido rechazando.

Ahora, el Tribunal Supremo de Estados Unidos debe decidir si mantiene vigentes las sentencias favorables a los acreedores o acepta los argumentos presentados por España, lo que limitaría la ejecución de los laudos.

El papel del gobierno estadounidense en la decisión

Ante la complejidad y relevancia del caso, el Supremo ha requerido una opinión oficial del Ejecutivo de Estados Unidos, solicitando al gobierno que se pronuncie sobre las implicaciones que tendría la ejecución de los laudos en las relaciones bilaterales con España.

El contexto político entre la administración Trump y el gobierno de Sánchez podría influir en la postura estadounidense, aunque la última palabra la tendrá el Tribunal Supremo, que deberá valorar tanto los aspectos jurídicos como las posibles consecuencias diplomáticas de su decisión.

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