Abierto juicio oral al hermano de Ximo Puig por presuntas irregularidades en subvenciones públicas
El Juzgado de Instrucción número 4 de València ha decretado la apertura de juicio oral contra Francis Puig, hermano del ex presidente de la Generalitat Valenciana Ximo Puig, y contra el empresario Juan Enrique Adell Bover. Ambos están acusados de supuestas irregularidades en el cobro de subvenciones otorgadas por las administraciones autonómicas valenciana y catalana.
Acusaciones: falsedad documental, estafa y apropiación indebida
Según la resolución judicial, los hechos investigados se centran en la gestión de dos empresas audiovisuales radicadas en la comarca castellonense de Els Ports. El Ministerio Fiscal y la Abogacía de la Generalitat Valenciana, personada como acusación, consideran que Francis Puig y Juan Enrique Adell Bover pudieron haber incurrido en delitos de falsedad en documento mercantil, estafa agravada y apropiación indebida.
La investigación detalla que las presuntas irregularidades se habrían producido entre los años 2015 y 2018, en el marco de subvenciones públicas destinadas a fomentar el uso del valenciano en medios de comunicación. Los fondos fueron concedidos tanto por la Generalitat Valenciana como por la Generalitat de Catalunya.
Imposición de fianzas y responsabilidad civil subsidiaria
El auto judicial, hecho público este martes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), impone a Francis Puig una fianza superior a los 147.000 euros, mientras que a Juan Enrique Adell Bover se le exige una cantidad cercana a los 100.000 euros.
- Francis Puig: 147.589,29 euros
- Juan Enrique Adell Bover: 99.614,33 euros
Asimismo, el magistrado señala que las empresas Comunicaciones dels Ports SA y Canal Maestrat SL serían responsables civiles subsidiarias de las cantidades reclamadas.
Delimitación de los delitos y competencia judicial
El juez ha excluido expresamente el delito de fraude de subvenciones de la causa, en aplicación de la normativa vigente en el momento de los hechos, anterior a la reforma introducida por la Ley Orgánica 1/2019. Por tanto, el juicio oral se celebrará únicamente por los delitos de falsedad documental, estafa agravada y apropiación indebida.
La Audiencia Provincial de València ha sido designada como el órgano competente para la celebración del juicio y la emisión de sentencia.
Situación procesal y recursos
El auto de apertura de juicio oral, notificado a las partes este martes, no admite recurso salvo en lo relativo a la situación personal de los acusados. No obstante, todavía están pendientes de resolución los recursos interpuestos contra el anterior auto de incoación de procedimiento abreviado.
Este caso supone un nuevo episodio judicial que afecta a figuras del entorno político valenciano, en un proceso que continúa generando atención pública y mediática por la relevancia de los implicados y el uso de fondos públicos destinados al fomento del valenciano.
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