La jueza de la DANA descarta indicios de responsabilidad penal en los alcaldes
La magistrada encargada de la investigación sobre la gestión de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), que ocasionó graves inundaciones en la provincia de Valencia el 29 de octubre de 2024, ha reiterado en un reciente auto judicial que no existe “indicio alguno” de responsabilidad ni reproche penal en la actuación de los alcaldes y alcaldesas de las localidades afectadas, donde las riadas causaron la muerte de 230 personas.
Desestimada la petición de nuevas testificales
La jueza ha rechazado la solicitud de una acusación particular que pedía la citación de siete testigos con el objetivo de acreditar una supuesta falta de avisos a la población por parte del Ayuntamiento de Algemesí. Según el auto, ya quedó claro que existe una “diferencia radical” entre las competencias de la administración local y la autonómica en lo relativo al lanzamiento de alertas y la adopción de medidas de autoprotección frente a emergencias.
Competencias diferenciadas entre administraciones
En el análisis, la magistrada subraya que la responsabilidad principal recaía en la administración autonómica, que disponía de un amplio caudal de información sobre la emergencia y contaba con personal especializado en la gestión de crisis dentro del Centro de Coordinación Operativa Integrada (Cecopi). La dirección de la emergencia implicaba la declaración de la situación de preemergencia, la constitución del Cecopi y la puesta en marcha de actuaciones clave para la protección de vidas humanas.
Entre los investigados principales figuran Salomé Pradas, consellera responsable de protección civil en el momento de los hechos, y Emilio Argüeso, entonces secretario autonómico de emergencias y director de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE).
Información clave durante la emergencia
La magistrada sostiene que resulta “difícilmente sostenible” afirmar que los responsables autonómicos desconocían la gravedad de la situación en puntos críticos como el barranco del Poyo. En este sentido, cobra especial relevancia la declaración de la alcaldesa de Torrent, Amparo Folgado, quien relató que alertó al presidente de la Diputación de Valencia, Vicente Mompó, presente en el Cecopi y en comunicación constante con Pradas, sobre el estado del barranco de l’Horteta y su confluencia con el del Poyo a las 18:38 horas del día de la tragedia.
Posteriormente, Folgado volvió a comunicarse a las 19:10 horas con Emilio Argüeso para informar de la inundación en la urbanización El Pantano y de la notificación de una víctima mortal por parte de la Policía Nacional.
- La entonces alcaldesa de Chiva, Amparo Fort, informó al diputado de Bomberos, Avelino Mascarell, cuando el agua ya recorría las calles del municipio y, posteriormente, cuando la localidad se encontraba completamente inundada.
- La delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, comunicó a Pradas la llamada de alerta de la alcaldesa de Paiporta.
- El comandante de la Unidad Militar de Emergencias (UME) avisó antes de las 19:00 horas al subdirector de Emergencias, Jorge Suárez, sobre el desbordamiento del barranco a su paso por Riba-roja.
Declaración de emergencia y coordinación cuestionada
La declaración de la situación 2 de emergencia se produjo para la Hoya de Buñol, cabecera del barranco del Poyo, y para toda la provincia alrededor de las 19:00 horas, siendo comunicada oficialmente al grupo permanente de emergencias mediante SMS a las 19:19.
La magistrada destaca, además, que resulta “sintomático” que el Centro de Coordinación de Emergencias careciera de instrucciones claras o directrices específicas para afrontar la crisis. En este sentido, recoge como ejemplo la respuesta de un técnico del 112 a un requerimiento desde Utiel: “Coordinarnos, nosotros nunca nos coordinamos en nada”, reflejando una preocupante falta de organización en los momentos más críticos del episodio.
Conclusión
El nuevo auto judicial refuerza la posición de los alcaldes de las localidades afectadas, eximiéndoles de cualquier responsabilidad penal en la gestión de la DANA y centrando la atención en los procedimientos y la toma de decisiones en el ámbito autonómico durante la tragedia. El proceso judicial continúa, con el foco puesto en la actuación de los responsables autonómicos y la eficacia de la coordinación de emergencias en uno de los episodios más graves de los últimos años en la Comunidad Valenciana.
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