La jueza del caso Adamuz exige a Adif explicar trabajos en la vía tras el accidente mortal

Lectura de 5 min

La jueza del caso Adamuz solicita a Adif aclaraciones sobre sus actuaciones en la vía el 3 de marzo

La jueza encargada de la investigación del accidente ferroviario ocurrido en Adamuz (Córdoba) el pasado 18 de enero, que provocó la muerte de 46 personas, ha requerido al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) que aclare las operaciones de mantenimiento realizadas sobre la vía el día 3 de marzo. El tribunal de Instancia de Montoro, plaza número 2, ha dado un plazo de diez días a Adif para proporcionar esta información clave en el desarrollo de la causa.

Delimitación territorial y definición de tareas de mantenimiento

En una providencia dictada este jueves, la jueza responde a una solicitud previa de Adif sobre la necesidad de precisar la extensión del tramo conocido como “tramo de Adamuz” y el alcance del concepto de “tareas de mantenimiento y otras que afecten a la red ferroviaria”. Según fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), ambas aclaraciones habían sido solicitadas previamente por la instructora.

De acuerdo con la resolución judicial, la delimitación territorial del tramo en cuestión se extiende desde el punto kilométrico 321+098 hasta el 315+974. Respecto a las tareas de mantenimiento, la jueza especifica que deben considerarse como cualquier intervención que implique una alteración material de las instalaciones o elementos de la vía férrea. Quedan excluidas de esta definición las acciones de control, vigilancia y supervisión necesarias para garantizar la seguridad, siempre que no supongan intervención material sobre la infraestructura.

Excepciones y notificaciones urgentes

La jueza también señala que el preaviso de 15 días y la autorización judicial previa no serán exigibles en aquellos casos en los que sea imprescindible una intervención inmediata por motivos de seguridad, siempre que la naturaleza de la actuación impida cumplir con el plazo de preaviso. En tales circunstancias, Adif deberá informar de manera inmediata al órgano judicial, explicando los motivos que hayan impedido la notificación previa.

Requerimientos específicos a Adif

En base a estas consideraciones, la jueza ha requerido a Adif que, en el plazo de diez días, informe si las actuaciones de mantenimiento previstas para el 3 de marzo fueron finalmente ejecutadas. En caso afirmativo, la empresa deberá detallar en qué consistieron los trabajos realizados, si hubo acopio o retirada de material, la ubicación o depósito de dicho material y las acciones llevadas a cabo sobre el mismo.

Posición de la Fiscalía y control del terreno afectado

La Fiscalía de Córdoba, en respuesta a la solicitud de aclaraciones de Adif, ha comunicado al tribunal que no se puede descartar la necesidad de realizar futuras diligencias sobre el terreno donde se produjo el accidente. Por ello, considera fundamental que el Juzgado de Montoro mantenga un conocimiento actualizado de cualquier intervención que pueda afectar a la infraestructura ferroviaria.

  • La Fiscalía considera “razonable” exigir a Adif un preaviso de cualquier actuación sobre la línea férrea.
  • Respecto a la delimitación territorial, respalda la propuesta de abarcar desde el punto kilométrico 321+098 hasta el 315+974, teniendo en cuenta que la rotura de soldadura origen del siniestro se localiza en el punto kilométrico 318+681.
  • El preaviso de 15 días es considerado adecuado, salvo en situaciones de urgencia que requieran intervenciones inmediatas por seguridad o funcionamiento de la vía.

La instrucción judicial sigue avanzando, con especial atención a las actuaciones realizadas sobre la infraestructura ferroviaria antes y después del siniestro, y con la premisa de mantener el control y la transparencia en todas las operaciones que puedan afectar al tramo implicado en el accidente.

Nota:

Los contenidos publicados en este sitio han sido generados y/o reelaborados mediante el uso de herramientas de inteligencia artificial.

elpuebloinforma.com declina toda responsabilidad, directa o indirecta, por eventuales errores, inexactitudes, omisiones u otras irregularidades presentes en los textos.

El usuario reconoce que dichos contenidos tienen exclusivamente fines informativos y no pueden sustituir en ningún caso fuentes oficiales ni asesoramientos profesionales.

Compartir este artículo
No hay comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Salir de la versión móvil