La Audiencia Nacional avala el cambio de nombre de la bandera de la Legión en Melilla por la Ley de Memoria Democrática

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La Audiencia Nacional respalda el cambio de nombre de la bandera de la Legión en Melilla

La Audiencia Nacional ha ratificado la decisión del Ministerio de Defensa de modificar el nombre de la bandera del Tercio Gran Capitán 1º de la Legión, con sede en Melilla, que desde enero de 2023 dejó de denominarse «Bandera Comandante Franco» para pasar a llamarse «Bandera España». Esta medida se adopta en cumplimiento de la Ley de Memoria Democrática, que busca eliminar símbolos y denominaciones que supongan una exaltación del régimen dictatorial o del alzamiento militar de 1936.

Desestimado el recurso de la Fundación Francisco Franco

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso interpuesto por la Fundación Nacional Francisco Franco, que pretendía frenar la aplicación de esta resolución. El fallo, dictado el pasado 17 de diciembre, avala que la retirada del nombre del dictador de la enseña militar se ajusta a derecho y responde a las directrices marcadas por la legislación vigente en materia de memoria democrática.

Según argumenta el tribunal, el cambio de denominación está amparado por el artículo 35 de la Ley de Memoria Democrática, que establece medidas para suprimir elementos que dividan a la ciudadanía y que supongan la exaltación del alzamiento militar o del régimen dictatorial. Los magistrados consideran que la antigua denominación de la bandera era incompatible con los principios de reconciliación y reconocimiento democrático que inspira la ley.

Argumentos rechazados y doctrina del Supremo

La Fundación Francisco Franco defendía que la denominación hacía referencia a uno de los fundadores de la unidad en memoria de hechos históricos relevantes para la ciudad de Melilla en 1921. Sin embargo, la Audiencia Nacional recuerda que la ley no pretende eliminar toda referencia a Francisco Franco, sino únicamente aquellos elementos que fomenten la división y el enaltecimiento de la dictadura.

El tribunal también rechaza la tesis de la fundación sobre la supuesta falta de cobertura legal para el cambio de nombre, e invoca la doctrina sentada por el Tribunal Supremo en 2023, cuando se avaló el cambio de nombre de la calle General Asensio Cabanillas en Madrid. En dicha sentencia, se estableció que la exaltación proscrita por la Ley de Memoria Histórica es aquella que implica el ensalzamiento o reconocimiento elogioso de la sublevación militar de 1936, la Guerra Civil o la represión de la dictadura.

Justificación de la Administración Central

La Administración Central defendía que mantener el nombre de «Comandante Franco» suponía un enaltecimiento del máximo dirigente del régimen anterior, lo que contraviene los principios y objetivos de la Ley de Memoria Democrática. Además, subrayó que la figura de Franco, como líder del alzamiento de 1936 y del régimen dictatorial posterior, constituye un símbolo de ese periodo de la historia de España, por lo que resulta inapropiado separar sus actuaciones militares previas de su posterior papel político.

No habrá recurso de inconstitucionalidad

La Audiencia Nacional también rechaza la solicitud de la Fundación Francisco Franco de plantear un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 35 de la Ley de Memoria Democrática. El tribunal considera que no existen dudas razonables sobre la constitucionalidad de la norma y certifica que el procedimiento seguido para el cambio de denominación ha sido correcto.

Contexto de la Ley de Memoria Democrática

La Ley de Memoria Democrática, en vigor desde 2022, establece medidas para la retirada de símbolos, nombres y reconocimientos públicos que supongan la exaltación del franquismo o del alzamiento militar. El objetivo de la normativa es contribuir a la convivencia, la justicia y la reparación de las víctimas, eliminando elementos que perpetúen la división en la sociedad española.

  • El cambio de nombre afecta a la principal bandera del Tercio Gran Capitán 1º de la Legión en Melilla.
  • La decisión se fundamenta en criterios legales y en la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
  • No se prevé que la controversia continúe por la vía constitucional, tras el rechazo de la Audiencia Nacional.

Con este fallo, la Audiencia Nacional respalda la política de remoción de símbolos y denominaciones asociados a la dictadura, en línea con los principios de memoria democrática y reconciliación social establecidos por la legislación española.

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