La Audiencia Nacional archiva la querella contra Netanyahu por el asalto a una embarcación de la Flotilla de la Libertad
La Audiencia Nacional ha decidido archivar la querella presentada contra el primer ministro de Israel, Benjamin Netanyahu, y varios altos cargos militares israelíes, por el asalto a la embarcación Madleen, que formaba parte de la Flotilla de la Libertad con destino a Gaza el pasado 8 de junio.
Falta de jurisdicción de los tribunales españoles
La decisión, adoptada por el juez Antonio Piña, se fundamenta en la falta de jurisdicción de los tribunales españoles tras la reforma de la justicia universal aprobada en 2014. Según el auto judicial, los hechos denunciados no pueden ser perseguidos por la justicia española, ya que los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 1/2014 de jurisdicción universal no se cumplen en este caso.
El informe de la Fiscalía, que coincidía con esta postura, fue determinante en la inadmisión de la querella. El juez recordó que la competencia de la Audiencia Nacional en estos delitos solo es posible cuando así lo establecen las leyes o los tratados internacionales ratificados por España.
Detalles de la querella
La querella fue presentada por Sergio Toribio, único ciudadano español a bordo de la embarcación Madleen durante el asalto, junto con el Comité por la Solidaridad con la Causa Árabe. Además de Netanyahu, la denuncia iba dirigida contra el ministro de Defensa israelí, Israel Katz; el vicealmirante y comandante de la Armada, David Saar Salama; altos mandos de la unidad Shayetet 13, responsable del abordaje, y el portavoz del Ejército israelí, Daniel Hagari.
Los querellantes acusaban a los denunciados de delitos de lesa humanidad, incluyendo detención ilegal y deportación, así como de otros delitos contra personas y bienes protegidos en situaciones de conflicto armado.
Recurso a la Corte Penal Internacional
El juez Piña subraya en su auto que, al no poder atribuir la competencia a la jurisdicción española, la persecución de estos delitos debe dirigirse a la Corte Penal Internacional, organismo permanente y autónomo, regulado por el Estatuto de Roma, del que España es Estado firmante.
En base al artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Audiencia Nacional solo puede asumir casos de delitos graves cometidos fuera del territorio nacional si existe cobertura legal o en virtud de tratados internacionales, circunstancias que no concurren en este caso.
Contexto: Reforma de la justicia universal
La reforma de la justicia universal en España, aprobada en 2014 bajo el gobierno de Mariano Rajoy, limitó de manera significativa la capacidad de los tribunales españoles para investigar crímenes internacionales cometidos fuera del país. Desde entonces, la jurisdicción se restringe principalmente a los casos en los que las víctimas o los responsables tengan nacionalidad española o existan otros vínculos claros con España.
La querella por el asalto a la Flotilla de la Libertad se suma así a otros casos internacionales que han sido archivados por los tribunales españoles debido a estos límites jurisdiccionales.
(Noticia en desarrollo)
Nota:
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