España prohibirá la entrada de menores a las corridas de toros con la nueva Ley de Infancia

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La reforma de la Ley de Infancia prohibirá la entrada de menores a las corridas de toros

El Gobierno español avanza en la reforma de la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), una iniciativa que traerá consigo cambios significativos en la protección de los derechos de los menores. Entre las novedades más destacadas se encuentra la prohibición de la entrada y participación de personas menores de edad en eventos y espectáculos donde se ejerza violencia contra los animales, como las corridas de toros.

Una recomendación de organismos internacionales

Esta medida responde a una recomendación emitida en 2018 por el Comité de los Derechos del Niño de la ONU, que instó a España a «prohibir la asistencia de menores de 18 años» a espectáculos taurinos, con el objetivo de prevenir los posibles efectos negativos de la exposición a la violencia en la infancia. La petición fue reiterada recientemente durante el VII Examen del Comité a España, donde se solicitó información sobre las acciones adoptadas en este ámbito.

Situación actual y cambios previstos

En la actualidad, la normativa permite que los menores a partir de 16 años acudan solos a estos eventos, mientras que los menores de esa edad deben estar acompañados por un adulto. Sin embargo, la regulación varía según la comunidad autónoma. Con la reforma, la prohibición será de ámbito estatal y afectará a todos los menores de 18 años, independientemente de su edad o compañía adulta.

La ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, ha destacado que el texto de la reforma se encuentra prácticamente listo, a la espera de las últimas aportaciones del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, antes de su aprobación definitiva en el Consejo de Ministros.

Justificación y protección integral

El preámbulo de la reforma subraya que la exposición de menores a situaciones de violencia supone riesgos significativos tanto para su integridad física como psicológica. La ley advierte que el contacto temprano con la violencia puede desensibilizar frente al sufrimiento ajeno, dificultar el desarrollo de la empatía y contribuir a normalizar la violencia como forma de entretenimiento.

La prohibición de la asistencia de menores a espectáculos con violencia hacia los animales se inscribe en una reforma más amplia, cuyo objetivo es reforzar la prevención de las violencias contra la infancia y mejorar los mecanismos de acompañamiento y reparación a las víctimas.

Otras novedades de la reforma

  • Mayor participación de los menores en procesos judiciales: Se establece la obligatoriedad de escuchar a los menores en todos los procedimientos judiciales que les afecten, eliminando el límite actual fijado en los 12 años.
  • Ampliación del plazo de prescripción de delitos sexuales: Se prolonga en diez años el periodo de prescripción de los delitos sexuales contra la infancia, de modo que el cómputo no comenzará al cumplir la víctima los 35 años, sino los 45.
  • Violencia de género e inhabilitación profesional: Se incorpora la violencia de género al listado de delitos que impiden ejercer profesiones o actividades con contacto habitual con menores.
  • Reconocimiento de la violencia institucional: Por primera vez en una ley estatal, se reconoce la violencia institucional, definida como cualquier omisión, retraso o práctica que comprometa la debida protección de niños, niñas y adolescentes. Esta deberá ser identificada, investigada y reparada según el texto.

Próximos pasos

La propuesta de reforma de la LOPIVI está en la fase final antes de su aprobación por el Consejo de Ministros. De ser ratificada, supondrá un avance relevante en la protección de los derechos de la infancia en España, alineando la legislación nacional con las recomendaciones internacionales en materia de derechos del niño y bienestar animal.

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