El Tribunal Constitucional respalda la Ley de Vivienda y desestima el recurso de Madrid

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El Tribunal Constitucional avala la Ley de Vivienda y rechaza el recurso de la Comunidad de Madrid

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno de la Comunidad de Madrid contra varios artículos de la Ley 12/2023 de Vivienda. El Pleno del tribunal considera que el Estado tiene competencias legítimas para regular los aspectos básicos relacionados con la vivienda, rechazando así las objeciones de la administración madrileña.

Competencia estatal en materia de vivienda

Según la resolución, el Constitucional reafirma que el Estado puede reconocer la vivienda como un derecho subjetivo, establecer quiénes pueden ser beneficiarios de este derecho y garantizar su ejercicio en condiciones de igualdad en todo el territorio nacional. Esta decisión se fundamenta en la necesidad de asegurar la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos, elemento que justifica la intervención estatal conforme a la Constitución Española.

La sentencia destaca que tanto la naturaleza jurídica del derecho a la vivienda como la identificación de sus beneficiarios son factores esenciales para la igualdad en el acceso a este derecho. Por tanto, el Estado no solo puede legislar sobre la materia, sino también extender este derecho a los ciudadanos extranjeros, dentro de sus competencias sobre su estatuto jurídico.

Argumentos del Gobierno de la Comunidad de Madrid

El Ejecutivo madrileño argumentaba en su recurso que la Ley 12/2023 invadía competencias exclusivas de la comunidad autónoma, especialmente en lo relativo a urbanismo y a la gestión municipal de la vivienda, aspectos recogidos en su Estatuto de Autonomía. Además, sostenía que el Estado carecía de una base jurídica suficiente para aprobar varios de los preceptos impugnados.

Decisión del Tribunal y antecedentes

La sentencia aprobada por el Pleno del Constitucional indica que parte del recurso ha perdido su objeto, ya que algunos artículos impugnados ya habían sido anulados en una resolución anterior. En cuanto al resto de impugnaciones, la mayoría han sido desestimadas, remitiéndose el tribunal a lo ya establecido en tres sentencias previas sobre la Ley de Vivienda.

En particular, el Constitucional rechaza también la impugnación contra el artículo 17.4 de la ley, que fue cuestionado por primera vez en este procedimiento. El tribunal considera que su contenido y los argumentos presentados son equivalentes a los ya analizados en casos anteriores, donde la constitucionalidad de un precepto similar fue avalada.

Votos particulares

Cinco magistrados —Ricardo Enríquez Sancho, Enrique Arnaldo Alcubilla, Concepción Espejel Jorquera, César Tolosa Tribiño y José María Macías Castaño— han anunciado que presentarán votos particulares en desacuerdo con la decisión mayoritaria del Pleno.

  • El Constitucional respalda la intervención estatal para garantizar la igualdad en el acceso a la vivienda.
  • La mayoría de los argumentos del Gobierno regional han sido rechazados por el tribunal.
  • Se trata de la cuarta vez que el tribunal se pronuncia sobre la constitucionalidad de la Ley 12/2023.

Con esta decisión, se refuerza el papel del Estado en la regulación de los derechos básicos relacionados con la vivienda y se clarifica el reparto de competencias entre las administraciones central y autonómicas.

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