El Supremo tumba la petición del novio de Ayuso para anular su causa por fraude fiscal

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El Tribunal Supremo rechaza la petición del novio de Ayuso de anular su causa por fraude fiscal

El Tribunal Supremo ha desestimado la pretensión de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, de anular el proceso en su contra por supuesto fraude fiscal y una segunda causa relacionada con un presunto soborno a un directivo del Grupo Quirón. La máxima instancia judicial considera «inacogible» la estrategia de la defensa, que alegaba vulneración de derechos fundamentales debido a la filtración de un correo electrónico.

Argumentos de la defensa y respuesta del Supremo

La defensa de González Amador basó su solicitud en la difusión de un correo electrónico enviado por su abogado a la Fiscalía madrileña, en el que se proponía un pacto de conformidad y reconocimiento de dos delitos fiscales. Según sus representantes legales, esta filtración afectó a sus derechos procesales, a la presunción de inocencia y al derecho a un juicio justo, en virtud del artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Sin embargo, el Tribunal Supremo ha descartado tajantemente estos argumentos. En la sentencia, los magistrados sostienen que “la consideramos totalmente cerrada, es inacogible”, dejando claro que la publicación del correo, aunque desafortunada, no supone una vulneración irremediable de los derechos de González Amador. Asimismo, el tribunal reconoce que el contenido de ese correo “nunca debió hacerse público”, pero subraya la confianza en la profesionalidad de los jueces para no dejarse influir por elementos ajenos a las pruebas presentadas legalmente.

Limitaciones a la utilización del correo como prueba

La resolución establece de manera explícita que el correo electrónico filtrado no podrá ser utilizado como prueba en el procedimiento penal por fraude fiscal. Los jueces advierten que cualquier intento de incorporar dicho documento en el juicio será inadmisible y que la defensa podrá impugnar cualquier decisión que contradiga esta premisa. El Supremo insiste en que corresponde a la defensa denunciar cualquier irregularidad durante el proceso, asegurando así el respeto a las garantías de un juicio justo.

Reconocimiento de daños y valoración económica

En la misma resolución, el Supremo condena al ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a dos años de inhabilitación por revelación de datos reservados y al pago de una multa de 7.200 euros por la filtración del correo en cuestión. Además, se establece una indemnización de 10.000 euros a González Amador por daños morales, una cifra muy inferior a los 300.000 euros que reclamaba la defensa. El tribunal considera que esta cantidad compensa adecuadamente los perjuicios derivados de la difusión del correo, alejándose de la cifra “exagerada” solicitada por la acusación.

Notoriedad pública y repercusión mediática

La sentencia también desmonta el argumento de la defensa de que González Amador es un ciudadano anónimo, afirmando que se trata de “un personaje con notoriedad pública, aunque sea a su pesar”. Los magistrados subrayan que, incluso sin la filtración del correo, el presunto fraude fiscal habría tenido repercusión en la opinión pública, dada la implicación de organismos como la Agencia Tributaria y el Ministerio Fiscal.

En palabras del Supremo, “pensar que sin esa difusión el hecho noticioso hubiese pasado a un segundo plano en el debate social y político es pecar de un candor inasumible e ignorar los parámetros en los que se mueven temas de relevancia política ante la opinión pública”.

Confianza en la imparcialidad judicial

El Tribunal Supremo recalca en su sentencia que no existen motivos para dudar de la profesionalidad e imparcialidad de los jueces encargados del caso. “No hay motivo alguno para pensar que no va a ser así en este caso ni para dudar de ese órgano judicial, ni de los llamados a conocer de las eventuales impugnaciones contra la sentencia que en su día puedan dictarse”, señala el fallo.

Rechazo a la teoría del acuerdo frustrado

La resolución también rechaza que la frustración de un acuerdo de conformidad se deba exclusivamente a la filtración del correo, atribuyéndolo más bien a la falta de acuerdo entre todas las partes acusadoras. Por tanto, no se considera que existiesen órdenes o maniobras externas para impedir el pacto.

Conclusión

La decisión del Tribunal Supremo cierra la puerta a la anulación del procedimiento penal contra Alberto González Amador, confirmando la validez del proceso y la independencia de los tribunales. A pesar de la polémica generada por la filtración de información, el Supremo insiste en la profesionalidad de los jueces y en la necesidad de que las pruebas se limiten a las admitidas formalmente en el juicio, garantizando así el derecho a un proceso justo.

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