El Supremo ratifica el procesamiento de Ábalos y Koldo por la “Trama Koldo”

Lectura de 5 min

El Tribunal Supremo confirma el procesamiento de Ábalos y Koldo en la “Trama Koldo”

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha ratificado de manera firme el procesamiento del exministro de Transportes, José Luis Ábalos, y de su exasesor, Koldo García, en el contexto de la conocida como “Trama Koldo”. El auto judicial, al que ha tenido acceso Libertad Digital, consolida la decisión del magistrado instructor del caso, Leopoldo Puente, al considerar que existen indicios suficientes de responsabilidad penal para continuar el procedimiento judicial.

Procesamiento confirmado y prisión provisional

El Supremo ha desestimado los recursos presentados tanto por Ábalos como por Koldo García, quienes fueron procesados junto al empresario Víctor de Aldama. Los tres permanecen en prisión provisional desde hace dos semanas, medida adoptada ante el riesgo “extremo” de fuga detectado por el tribunal.

La resolución confirma que el procedimiento abreviado debe basarse en un análisis indiciario, es decir, en la existencia de hechos y pruebas suficientes que permitan suponer la posible comisión de delitos. Según la Sala de Apelación, los argumentos de la defensa no han sido capaces de debilitar la solidez de los indicios recogidos durante la instrucción.

Argumentos defensivos y alcance del proceso

El tribunal subraya que las valoraciones sobre la suficiencia de las pruebas presentadas por los recurrentes forman parte de la estrategia defensiva y anticipan debates que deberán resolverse durante el juicio oral. Tanto el instructor como la Sala de Apelación aclaran que su función no es enjuiciar prematuramente los hechos, sino garantizar que existen fundamentos racionales y suficientes para abrir el proceso judicial.

Asimismo, el Supremo recuerda que varias de las alegaciones y solicitudes de los procesados ya fueron evaluadas y resueltas en recursos anteriores, por lo que no procede reiterar los argumentos que respaldan la negativa a ciertas diligencias adicionales. El tribunal destaca que, aunque algunas de esas diligencias podrían considerarse pertinentes en el juicio oral, ninguna resulta determinante para prolongar innecesariamente la instrucción.

Solidez de los indicios y fase de investigación

La Sala considera que las diligencias propuestas por la defensa carecen de potencial suficiente para contrarrestar el “robusto arsenal indiciario” acumulado hasta el momento. Los magistrados señalan que la investigación no debe extenderse cuando ya existen personas en prisión preventiva y no se prevé que las diligencias sugeridas puedan cambiar sustancialmente el cuadro existente.

En este sentido, el auto indica que las pruebas adicionales podrán, en todo caso, presentarse durante el juicio oral si así lo estima oportuno el tribunal encargado del enjuiciamiento, según lo previsto en la legislación procesal.

Otros motivos de recurso y respuesta del Supremo

En su recurso, Koldo García alegó el principio “non bis in idem”, que prohíbe ser juzgado dos veces por los mismos hechos, al considerar que la causa en el Supremo y la abierta en la Audiencia Nacional versan sobre los mismos hechos. No obstante, el alto tribunal aclara que los hechos objeto de enjuiciamiento ante el Supremo están claramente delimitados y que cualquier posible duplicidad deberá ser revisada en la otra causa, aún menos avanzada.

Por último, respecto a la petición de un nuevo suplicatorio por cada posible nueva imputación, la Sala considera innecesario solicitar autorización adicional cuando las actuaciones se encuentran comprendidas en la autorización inicial y sus fundamentos permanecen válidos.

Próximos pasos

Con esta decisión, el Tribunal Supremo allana el camino para la apertura del juicio oral contra los procesados en la “Trama Koldo”, al considerar suficientemente justificada la existencia de indicios que apuntan a la posible comisión de delitos durante la gestión de contratos públicos en la pandemia. La causa seguirá su curso en los próximos meses, a la espera del desarrollo del proceso judicial y de la presentación de pruebas y alegaciones por las partes implicadas.

Nota:

Los contenidos publicados en este sitio han sido generados y/o reelaborados mediante el uso de herramientas de inteligencia artificial.

elpuebloinforma.com declina toda responsabilidad, directa o indirecta, por eventuales errores, inexactitudes, omisiones u otras irregularidades presentes en los textos.

El usuario reconoce que dichos contenidos tienen exclusivamente fines informativos y no pueden sustituir en ningún caso fuentes oficiales ni asesoramientos profesionales.

Compartir este artículo
No hay comentarios