El Supremo desmonta la defensa de Santos Cerdán y revela su interés previo en las obras de Sevilla

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El Tribunal Supremo desmantela la coartada de Santos Cerdán: su interés por las obras de Sevilla fue anterior a la licitación

El Tribunal Supremo ha puesto en entredicho la principal línea de defensa de Santos Cerdán, exdirigente socialista, al constatar que su implicación en la gestión de las obras públicas en Sevilla se produjo antes de la apertura oficial del proceso de licitación. Este hallazgo complica aún más la situación judicial de quien fuera uno de los hombres de confianza de Pedro Sánchez.

Un interés previo y ajeno a lo político

La estrategia de defensa de Cerdán se centraba en justificar su insistencia en proyectos públicos presuntamente amañados como parte de su actividad política, orientada a dotar a los territorios de argumentos electorales sólidos. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha detectado que las gestiones de Cerdán se remontan a fechas anteriores incluso a la convocatoria de los concursos públicos de las obras en cuestión.

En concreto, el Supremo destaca que el interés de Cerdán por las obras del Puente del Centenario en Sevilla se refleja en conversaciones de WhatsApp mantenidas con Koldo García entre noviembre de 2018 y mayo de 2019. Estas fechas, según consta en la investigación, son anteriores al inicio del procedimiento de licitación, que no se produjo hasta 2020 y concluyó en 2021.

Conversaciones que revelan motivaciones no políticas

La defensa del exdirigente socialista argumentó que este interés debía entenderse como parte de la presión política previa a las elecciones municipales, autonómicas y europeas del 25 de mayo de 2019. Sin embargo, el Tribunal Supremo considera que las conversaciones intervenidas muestran un interés «inequívocamente ajeno a lo político», desmontando así la justificación electoral esgrimida.

El alto tribunal añade que tanto Koldo García como Santos Cerdán volvieron a referirse a la obra de Sevilla el 2 de febrero de 2022, señalándola como una de las que se adeudaban a José Luis Ábalos. Asimismo, se menciona el interés de Cerdán en el nombramiento de Javier Herrero para un cargo relevante, considerando «importante» que este se produjera, hecho que finalmente ocurrió. Todo ello, según el Supremo, refuerza la tesis de que la motivación no era meramente política.

El nombramiento de cargos clave, también en cuestión

El Tribunal Supremo también rechaza otro de los argumentos de la defensa de Cerdán relativo a su influencia en el nombramiento de cargos clave en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), tras la llegada de José Luis Ábalos al frente del ministerio. La defensa sostenía que esta actuación era parte de las funciones propias de la ejecutiva federal del partido, pero el tribunal recuerda que la designación de altos cargos corresponde al Gobierno y no al partido.

Esta argumentación ya había sido rebatida en un informe presentado el 10 de julio de 2025, en el que se impugnaba el recurso de apelación contra el auto de prisión provisional de Cerdán, subrayando que la defensa no aporta elementos nuevos que no hubieran sido ya considerados.

Conclusión

El análisis del Tribunal Supremo deja sin fundamento la coartada de Santos Cerdán al evidenciar que su interés en las obras públicas de Sevilla fue anterior a cualquier proceso de licitación y no responde a una estrategia política, sino a motivaciones que se alejan de lo declarado por la defensa. Esta valoración judicial complica la posición procesal de Cerdán en el marco de la investigación sobre presuntas irregularidades en la adjudicación de contratos públicos.

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