El Gobierno prohíbe cobrar el IBI al inquilino y pone tope al precio del alquiler de habitaciones

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El Gobierno acuerda prohibir el cobro del IBI al inquilino y limitar el precio del alquiler de habitaciones

El Gobierno, junto a sus principales socios parlamentarios, ha alcanzado un acuerdo para introducir importantes modificaciones en la regulación de los alquileres de temporada y de habitaciones. Entre las medidas más relevantes destaca la prohibición de repercutir el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) al inquilino y la imposición de límites al precio de los alquileres en habitaciones.

Acuerdo parlamentario y nuevas enmiendas

Los partidos que conforman el Ejecutivo, PSOE y Sumar, han pactado con formaciones como ERC, EH Bildu, Podemos y BNG una serie de enmiendas transaccionales a la proposición de ley actualmente en fase de ponencia en el Congreso. Estas modificaciones buscan reforzar la protección de los arrendatarios y regular de manera estricta los alquileres de temporada y de habitaciones.

El acuerdo establece que solo podrán formalizarse alquileres temporales de hasta 12 meses, siempre que exista una causa justificada. En caso contrario, o si se detecta un encadenamiento de contratos temporales con los mismos inquilinos, el contrato pasará automáticamente a tener una duración de cinco o siete años, equiparándose a los arrendamientos de vivienda habitual.

Regulación del alquiler de habitaciones y grandes tenedores

Una de las novedades más destacadas es la regulación del precio en el alquiler de habitaciones. A partir de ahora, la suma total de las rentas de las habitaciones no podrá superar el límite fijado para el alquiler de una vivienda completa, de acuerdo con lo marcado en la Ley de Vivienda. En el caso de los grandes tenedores, la renta inicial deberá ajustarse de manera estricta al índice de referencia de precios.

Además, los inquilinos de habitaciones contarán con las mismas garantías que aquellos que alquilan un piso completo, incluyendo la prohibición de repercutir gastos adicionales o tributos que no estuvieran contemplados en contratos anteriores.

Reformas en la Ley de Arrendamientos Urbanos

Las enmiendas introducen modificaciones en la Ley de Arrendamientos Urbanos, impidiendo que se trasladen al inquilino nuevos conceptos como cuotas, gastos generales, servicios, impuestos, tasas, cánones, contribuciones especiales u otros cargos similares, salvo que ya estuvieran recogidos en contratos previos.

Asimismo, los contratos de alquiler de temporada o de habitaciones deberán ofrecer las mismas garantías que los de alquiler habitual, incluyendo la prohibición de cobrar honorarios al inquilino, límites a la fianza y regulación de precios.

Clasificación de viviendas de corta duración

Se establece que los alquileres de viviendas por periodos inferiores a 31 días se considerarán viviendas de corta duración o turísticas. Estas deberán cumplir con los procedimientos de registro y obligaciones de información establecidos tanto por la normativa europea como nacional.

Competencias autonómicas y recorrido legislativo

El texto acordado reconoce también la capacidad de las comunidades autónomas para conservar y desarrollar sus derechos civiles propios y ejercer plenamente sus competencias en materia de vivienda.

Pese a que la proposición ha avanzado en la ponencia gracias al apoyo de PSOE, Sumar, ERC, Bildu, PNV y Podemos, el texto debe pasar aún por la Comisión de Vivienda y posteriormente ser votado en el Pleno del Congreso. Se prevé que partidos como Junts puedan sumar sus votos a PP y Vox para intentar frenar la aprobación definitiva de la ley.

Reacciones y próximos pasos

Desde Esquerra Republicana, uno de los impulsores de la iniciativa, han valorado positivamente que la tramitación continúe, pero han recordado que la ley debe completar aún todo su recorrido parlamentario. Asimismo, han instado a las formaciones que no han respaldado las enmiendas a no bloquear un texto que, según su criterio, aporta mayor seguridad jurídica y garantías para los inquilinos.

  • Prohibición de cargar el IBI y otros tributos no reflejados previamente al inquilino.
  • Regulación del precio de alquiler de habitaciones, ajustado al índice de referencia.
  • Limitación de los contratos temporales a 12 meses justificados.
  • Equiparación de garantías en contratos de temporada y de habitaciones.
  • Reconocimiento de competencias autonómicas en materia de vivienda.

El debate sobre la regulación de los alquileres sigue avanzando en el Congreso, en un contexto de creciente preocupación social por el acceso a la vivienda y la protección de los derechos de los inquilinos.

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