El Gobierno defiende ante el Supremo que el adelanto electoral impide frenar el voto de nacionalizados por la ‘ley de nietos’

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El Gobierno argumenta que el adelanto electoral impide suspender el voto a nacionalizados por la ‘ley de nietos’

El Gobierno ha reiterado su postura ante el Tribunal Supremo, defendiendo que resulta «materialmente imposible» suspender el derecho al voto de los españoles nacionalizados bajo la conocida como ‘ley de nietos’ de cara a las próximas elecciones, tras el anuncio del adelanto electoral.

Imposibilidad técnica y jurídica de suspender el voto selectivamente

En un reciente escrito de alegaciones presentado ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, los servicios jurídicos del Estado subrayan que no existe un mecanismo viable para distinguir, en el breve plazo existente, entre los diferentes inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). «O se suspende a todos los españoles inscritos en el CERA, o no se suspende a ninguno», indican, ya que los datos disponibles no permiten discriminar entre quienes han adquirido la nacionalidad por la citada norma y el resto de ciudadanos españoles en el exterior.

La medida cautelar de suspensión parcial del voto fue impuesta por el Supremo en septiembre, atendiendo a la solicitud de las organizaciones Iustitia Europa y Vox. Ahora, el Gobierno solicita formalmente el levantamiento de dicha medida, argumentando que la ejecución de una suspensión selectiva es «impracticable».

Plazo judicial y posibles consecuencias

El Tribunal Supremo concedió hasta este jueves el plazo para que las partes presenten sus alegaciones antes de decidir si mantiene o levanta la suspensión cautelar sobre la inscripción en el CERA de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’.

Iustitia Europa y Vox han instado al Alto Tribunal a garantizar la suspensión efectiva del voto de los nacionalizados, solicitando que se adopten las medidas necesarias para su ejecución. El Gobierno, por su parte, advierte de que tal actuación podría provocar un «colapso del sistema judicial», pues abriría la puerta a miles de reclamaciones individuales por parte de los afectados.

Dimensión del problema según los datos oficiales

Según datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística (INE) correspondientes a agosto de 2026, el CERA cuenta con 2.747.688 electores. De estos, 168.896 personas han adquirido la nacionalidad española bajo el precepto de la ‘ley de nietos’ y están inscritas en el censo. Si se considerara la participación habitual del voto exterior —8,36% en elecciones generales y 3,67% en las europeas—, la cifra de votos potenciales afectados rondaría las 14.120 personas.

  • Número total de electores en el CERA: 2.747.688
  • Nacionalizados por la ‘ley de nietos’ inscritos: 168.896
  • Voto exterior estimado en elecciones generales: 8,36%
  • Votos potencialmente afectados: 14.120

El Ejecutivo sostiene que, incluso admitiendo la posibilidad de reclamaciones individuales ante otros tribunales, la carga procesal sería «paralizante» para el funcionamiento ordinario de los juzgados de instancia que deberían resolver estas disputas.

Fundamentos legales y alternativas planteadas

La Abogacía del Estado subraya que el artículo 39 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) únicamente permite rectificaciones formales y no la suspensión global de inscripciones en el censo. Además, recuerda que, de admitirse reclamaciones individuales conforme al artículo 40 de la misma ley, la administración judicial se vería imposibilitada para gestionarlas en tiempo y forma.

Con este escenario, el Gobierno insiste en que la única solución práctica y ajustada a derecho es levantar la suspensión cautelar y permitir que todos los ciudadanos inscritos en el CERA, sin distinción, puedan ejercer su derecho al voto en las próximas elecciones.

Nota:

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