Las estrategias del Gobierno para dificultar el acceso a información sobre los viajes de Sánchez y los vídeos de Begoña Gómez
En los últimos años, la transparencia en la gestión pública ha sido uno de los compromisos reiterados por el presidente Pedro Sánchez y su Ejecutivo. Sin embargo, la realidad que enfrentan los ciudadanos y medios de comunicación al solicitar información pública dista mucho de estas promesas. Diversos organismos dependientes de Moncloa aplican interpretaciones legales restrictivas para limitar el acceso a datos de interés general, como los viajes oficiales del presidente o el uso de recursos públicos en actividades relacionadas con Begoña Gómez.
- Las estrategias del Gobierno para dificultar el acceso a información sobre los viajes de Sánchez y los vídeos de Begoña Gómez
- Obstáculos en la tramitación de solicitudes de información
- Plazos incumplidos y falta de respuesta
- Inadmisión por información en elaboración o pendiente de publicación
- Reelaboración y competencias ambiguas
- Solicitud repetitiva o abusiva: justificación sin límites claros
- Remisión genérica a información publicada
- Límites justificados por seguridad o intereses económicos
- Limitaciones de la Ley y ausencia de sanciones
- Respuestas evasivas y datos incompletos
- Casos insólitos de opacidad
- Respuestas imprecisas
- Conclusión
Obstáculos en la tramitación de solicitudes de información
A raíz de la publicación de informes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil sobre presuntos casos de corrupción en el PSOE, y tras la detención del exsecretario de Organización en junio de 2025, el interés por el acceso a información pública ha aumentado. No obstante, quienes presentan solicitudes a través del Portal de Transparencia se encuentran con múltiples trabas durante la tramitación.
El Gobierno utiliza diferentes artículos de la Ley de Transparencia para rechazar, demorar o dificultar la entrega de datos. Basado en las experiencias acumuladas por medios como Libre Mercado, se han identificado las siguientes prácticas, ordenadas de menor a mayor complejidad.
Plazos incumplidos y falta de respuesta
Según el artículo 19.1 de la Ley de Transparencia, las administraciones disponen de un mes para responder a las solicitudes. Sin embargo, en la práctica, muchas peticiones se ignoran durante meses, lo que obliga a los solicitantes a acudir al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG). Este organismo suele fallar a favor de los ciudadanos por incumplimiento formal, como ha sucedido en reiteradas ocasiones con solicitudes sobre los viajes oficiales de Yolanda Díaz o sobre datos de extranjeros residentes.
En algunos ministerios, la falta de personal agrava el problema, como ocurre en el Ministerio de Transformación Digital, donde una sola persona gestiona el registro general, dificultando el cumplimiento de los plazos legales.
Inadmisión por información en elaboración o pendiente de publicación
El artículo 18.a) permite a la administración denegar solicitudes si la información está en proceso de elaboración o pendiente de publicación. Este argumento es utilizado de forma recurrente para rechazar la entrega de datos, como los gastos de viajes presidenciales, alegando que las facturas aún no están disponibles meses después de los desplazamientos. Incluso, en ocasiones, se remite al solicitante a informes periódicos futuros, justificando así la negativa a facilitar información exclusiva.
Reelaboración y competencias ambiguas
El artículo 18.c) de la ley permite inadmitir peticiones que requieran una labor previa de reelaboración de la información. Este vacío legal se aprovecha frecuentemente, especialmente por organismos como Renfe o RTVE, aunque el CTBG ha rechazado la mayoría de estos argumentos, al considerar que se trata de tareas administrativas habituales.
Otros artículos, como el 18.d) y 18.2, obligan a los organismos a indicar cuál es la entidad competente si ellos no pueden responder. No obstante, en la práctica, algunos se limitan a declararse incompetentes sin redirigir la solicitud, como ha ocurrido entre la Secretaría de Estado de Justicia y el Consejo General del Poder Judicial respecto a datos sobre indemnizaciones por encarcelamientos injustos.
Solicitud repetitiva o abusiva: justificación sin límites claros
El artículo 18.e) permite rechazar solicitudes consideradas «manifiestamente repetitivas o abusivas». Sin embargo, la jurisprudencia del Tribunal Supremo no establece un límite concreto al número de veces que un ciudadano puede preguntar, lo que genera vetos indefinidos en la práctica. Organismos como Renfe, CSIC, la Tesorería General de la Seguridad Social o Adif han empleado esta táctica, llegando incluso a vetar por completo a ciertos solicitantes tras un número reducido de peticiones.
Remisión genérica a información publicada
El artículo 22.3 de la Ley de Transparencia permite a la administración limitarse a indicar cómo acceder a información ya publicada. En la práctica, esto se traduce en respuestas genéricas que remiten al Boletín Oficial del Estado (BOE) o a plataformas oficiales, sin especificar el enlace directo ni los datos concretos requeridos. Según la jurisprudencia, esta práctica no es válida, ya que se exige una referencia precisa que facilite el acceso inmediato a la información solicitada. No obstante, es habitual tener que recurrir al CTBG, lo que retrasa el acceso a los datos durante meses.
Límites justificados por seguridad o intereses económicos
El artículo 14 de la Ley de Transparencia regula los límites al acceso a la información por motivos de seguridad o interés económico, pero se emplea sin justificación sólida para denegar solicitudes. Por ejemplo, el Ministerio del Interior argumenta que revelar el número de policías desplegados en Cataluña compromete la seguridad, aunque la información solicitada no incluya detalles operativos sensibles.
Asimismo, el Ministerio de Economía ha negado información sobre inversiones en publicidad institucional alegando que podría afectar la competitividad de los medios de comunicación, una justificación que fue rechazada tras recurso.
Limitaciones de la Ley y ausencia de sanciones
Uno de los principales problemas de la Ley de Transparencia es la falta de mecanismos sancionadores efectivos. Esto permite que los organismos públicos ignoren reiteradamente las solicitudes y resoluciones del CTBG, sabiendo que pocos ciudadanos están dispuestos a iniciar un proceso judicial ante la Audiencia Nacional para exigir sus derechos.
Este comportamiento se ha observado en Presidencia, que ha desoído tanto las solicitudes de información sobre los viajes de Sánchez como las resoluciones del CTBG respecto al coste de grabaciones en Moncloa para actividades privadas de Begoña Gómez.
Respuestas evasivas y datos incompletos
Otra táctica frecuente consiste en responder con datos que no han sido solicitados. RTVE, por ejemplo, responde a preguntas sobre los sueldos de presentadores externos enviando enlaces genéricos sobre el presupuesto total de programas externalizados, sin desglosar la información. Esta práctica se ha intensificado desde el cambio en la presidencia de la corporación pública.
De forma similar, los ministerios de Igualdad y Economía han remitido al Plan Institucional de Medios cuando se les ha solicitado información concreta sobre inversiones publicitarias desglosadas por medio, pese a que dicho plan no incluye el detalle requerido.
Casos insólitos de opacidad
Algunas justificaciones para denegar información resultan especialmente llamativas. El CSIC, por ejemplo, rechazó una solicitud argumentando que el peticionario buscaba notoriedad tras publicar en LinkedIn sobre cómo convertirse en influencer. Posteriormente, el organismo alegó ante el CTBG que se trataba de un «fraude de ley» por realizar tutoriales sobre cómo ejercer el derecho a la información pública.
Respuestas imprecisas
Finalmente, cabe mencionar las respuestas deliberadamente vagas. Ante la pregunta sobre el medio de transporte utilizado por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, para asistir a una cumbre en Sevilla, la respuesta oficial fue: “el ministro se desplazó utilizando el medio de transporte ofrecido por la agencia de viajes”, sin mayor detalle.
Conclusión
La opacidad y las tácticas para dificultar el acceso a la información pública se han convertido en prácticas habituales en la administración central, pese a los compromisos públicos de transparencia. La interpretación restrictiva de la Ley de Transparencia, la falta de recursos y la ausencia de sanciones efectivas perpetúan un sistema en el que los ciudadanos y periodistas deben sortear numerosos obstáculos para conocer datos de interés general.
Nota:
Los contenidos publicados en este sitio han sido generados y/o reelaborados mediante el uso de herramientas de inteligencia artificial.
elpuebloinforma.com declina toda responsabilidad, directa o indirecta, por eventuales errores, inexactitudes, omisiones u otras irregularidades presentes en los textos.
El usuario reconoce que dichos contenidos tienen exclusivamente fines informativos y no pueden sustituir en ningún caso fuentes oficiales ni asesoramientos profesionales.