El Gobierno impulsa una ley para frenar las imágenes manipuladas en redes sociales
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de la nueva Ley Orgánica de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Esta iniciativa busca actualizar la normativa vigente desde 1982, adaptándola a los desafíos actuales que plantea la tecnología, especialmente en lo referente al uso indebido de la inteligencia artificial (IA) y la difusión de imágenes y voces manipuladas conocidas como deepfakes.
- El Gobierno impulsa una ley para frenar las imágenes manipuladas en redes sociales
- Refuerzo del consentimiento y protección ante la inteligencia artificial
- Protección especial para menores y personas vulnerables
- Derechos sobre la propia imagen tras el fallecimiento
- Regulación de los ‘true crimes’ y protección a las víctimas
- Indemnizaciones y publicación de sentencias
- Excepciones y salvaguarda del derecho a la información
- Contexto reciente y actuaciones paralelas
- Conclusión
Refuerzo del consentimiento y protección ante la inteligencia artificial
La nueva normativa, impulsada por los Ministerios de Justicia y de Juventud e Infancia, considera ilegítimo el uso, creación o difusión de la imagen o la voz de una persona mediante IA o tecnologías similares sin su autorización expresa. Esta medida responde al auge de contenidos manipulados digitalmente que pueden atentar contra la privacidad y el honor de las personas.
En materia de consentimiento, la ley establece que compartir imágenes personales en una red social no implica que otros usuarios puedan reutilizarlas en distintas plataformas o canales de difusión. El consentimiento otorgado es exclusivo para la red donde se sube la imagen, evitando así interpretaciones amplias o tácitas.
Protección especial para menores y personas vulnerables
Entre las novedades destaca el incremento de la protección para menores de edad. Se fija en 16 años la edad mínima para que los menores puedan prestar consentimiento para el uso y difusión de su propia imagen, en coherencia con el proyecto de ley de protección a la infancia en el entorno digital que sigue tramitándose en el Parlamento. Además, se introducen disposiciones específicas para regular el consentimiento de personas con discapacidad.
Derechos sobre la propia imagen tras el fallecimiento
La ley amplía también la protección de los derechos de imagen de las personas fallecidas. Se reconoce la capacidad de ejercer esos derechos no solo a los familiares directos, sino también a parejas de hecho y a personas con relaciones afectivas equiparables al matrimonio. Asimismo, se permite que, a través de testamento, se pueda prohibir el uso de la imagen o voz con fines comerciales o publicitarios tras el fallecimiento.
Regulación de los ‘true crimes’ y protección a las víctimas
Una de las principales novedades del texto es la regulación de los ‘true crimes’, es decir, series, películas o contenidos audiovisuales basados en crímenes reales. El objetivo es reforzar la protección de las víctimas, considerando injerencia en el derecho al honor cualquier explotación de estos hechos que suponga un beneficio económico o personal para el autor del delito. Se elimina así la necesidad de que exista un lucro económico para considerar una intromisión ilegítima en el honor de la víctima.
- No se permitirá que el victimario utilice el delito cometido para obtener proyección pública o económica a través de obras audiovisuales.
- La normativa reconoce excepciones para contextos creativos, satíricos o de ficción, especialmente cuando se trate de personas con proyección pública, siempre que se indique claramente el uso de IA o técnicas similares.
Indemnizaciones y publicación de sentencias
El anteproyecto establece criterios claros para que los jueces valoren la gravedad de las intromisiones y determinen las indemnizaciones por daño moral. Se tendrán en cuenta factores como la repercusión social, reincidencia o la gravedad de las expresiones empleadas. En ningún caso la indemnización podrá ser meramente simbólica, y, si así lo solicita la persona perjudicada, las sentencias firmes podrán ser publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Excepciones y salvaguarda del derecho a la información
Se mantienen las excepciones ya previstas en la ley de 1982, como las grabaciones autorizadas por la autoridad competente o la difusión de comunicaciones privadas de interés general. Asimismo, en el caso de personas con proyección pública, la libertad de expresión y la creatividad continúan protegidas, siempre que se informe del uso de tecnologías de inteligencia artificial.
Contexto reciente y actuaciones paralelas
Esta nueva regulación coincide en el tiempo con la solicitud de la ministra de Juventud e Infancia para que la Fiscalía investigue posibles delitos de pornografía infantil y contra la integridad moral en la red social X (antes Twitter), tras la difusión de material de violencia sexual contra menores. La Unidad de Menores de la Fiscalía General del Estado ya está analizando estos hechos.
Conclusión
El anteproyecto de ley supone un paso decisivo para adaptar la protección de los derechos fundamentales a la era digital, reforzando las garantías frente a los riesgos que plantea la inteligencia artificial y la difusión de contenidos manipulados. Asimismo, amplía la protección de las víctimas y regula de forma pionera el uso de hechos delictivos en producciones audiovisuales, garantizando un equilibrio entre los derechos individuales y la libertad de creación e información.
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