Consumo exige a grandes inmobiliarias y fondos de inversión prorrogar contratos de alquiler a petición de los inquilinos
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha notificado este lunes a 13 de las principales inmobiliarias y fondos de inversión con más de 100.000 viviendas en alquiler en toda España, su obligación de prorrogar los contratos de arrendamiento cuando así lo solicite el inquilino. Esta medida afecta a aquellos contratos que finalicen entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.
Obligatoriedad de la prórroga según el nuevo real decreto-ley
La comunicación del ministerio, liderado por Pablo Bustinduy, recuerda que la prórroga debe aplicarse de manera obligatoria a petición del arrendatario, tal como establece el reciente real decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros. Aunque este texto legal aún está pendiente de convalidación en el Congreso de los Diputados, ya ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 21 de marzo.
El departamento ha instado a las empresas destinatarias de la carta a actuar con la máxima diligencia para garantizar la correcta aplicación de esta normativa y a adoptar los procedimientos internos necesarios para su cumplimiento inmediato.
Detalles de la prórroga extraordinaria de contratos
Según el decreto, los inquilinos podrán solicitar una prórroga extraordinaria de hasta dos años adicionales en sus contratos de alquiler, una vez haya finalizado la duración inicial del mismo. Esta renovación deberá realizarse por plazos anuales y se mantendrán los términos y condiciones originales del contrato vigente.
- La medida aplica a contratos que expiren entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.
- La prórroga será obligatoria para el arrendador si el inquilino la solicita formalmente.
- El arrendador solo podrá rechazar la prórroga si ambas partes acuerdan una renovación o un nuevo contrato con una renta inferior a la actual.
Limitación en la actualización anual de la renta
El decreto también establece una limitación extraordinaria del 2% en la actualización anual de la renta. No obstante, si el propietario no es considerado «gran tenedor», la actualización de la renta se realizará mediante acuerdo entre las partes.
Impacto en el mercado del alquiler
Esta medida busca dar mayor estabilidad y protección a los inquilinos en un contexto de incertidumbre económica y dificultades de acceso a la vivienda. Al mismo tiempo, obliga a los grandes propietarios a adaptarse a una regulación más estricta en la gestión de sus contratos de arrendamiento.
La entrada en vigor definitiva de estas medidas dependerá de la convalidación parlamentaria del real decreto-ley en las próximas semanas.
Nota:
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