Bruselas inicia procedimiento contra España por multar a aerolíneas que cobran por el equipaje de mano
La Comisión Europea ha iniciado un expediente de infracción contra España por sancionar a varias aerolíneas que aplican cargos adicionales por el transporte de equipaje de mano. Según el Ejecutivo comunitario, estas sanciones estarían en conflicto con la normativa europea, que otorga libertad a las compañías aéreas para establecer sus precios, especialmente en lo relativo al equipaje que supera los límites razonables de peso y tamaño.
Libertad tarifaria en la normativa europea
De acuerdo con un comunicado emitido por la Comisión Europea, la legislación de la Unión Europea garantiza a las aerolíneas la autonomía para fijar sus precios. Esta posición se apoya en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que establece que el equipaje de mano debe ser gratuito siempre que cumpla unas condiciones razonables de peso y dimensiones, además de respetar las normas de seguridad vigentes.
No obstante, el equipaje de mano que exceda estos requisitos puede estar sujeto a tarifas adicionales, según la libertad comercial de cada compañía. Bruselas considera que España, al sancionar a cinco aerolíneas por este motivo, estaría vulnerando la reglamentación comunitaria.
Plazos y posibles consecuencias para España
El Gobierno español dispone ahora de un plazo de dos meses para responder a la solicitud de información formulada por la Comisión Europea. Si la respuesta no resulta satisfactoria, el procedimiento podría escalar hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que tendría la última palabra sobre el asunto. El TJUE podría desestimar la demanda de la Comisión si no encuentra base jurídica o, por el contrario, instar a España a modificar su legislación.
Situación actual de las sanciones en España
A pesar de la apertura de este expediente, las sanciones impuestas por España a cinco aerolíneas de bajo coste se mantienen en vigor y actualmente están siendo recurridas en los tribunales: cuatro en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y una en la Audiencia Nacional. Así lo recuerda el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, que subraya que la Comisión Europea no tiene competencia para decidir sobre la validez de las sanciones o la interpretación definitiva de la normativa, responsabilidad que recae en el TJUE.
El Ministerio sostiene que la base jurídica de las sanciones está firmemente respaldada tanto por la legislación nacional como por la jurisprudencia europea. Se remite, entre otros, al fallo del TJUE del 18 de septiembre de 2014, que determinó que el equipaje de mano es un elemento indispensable del transporte de pasajeros y, por tanto, no puede estar sujeto a un recargo mientras cumpla los límites razonables y los requisitos de seguridad.
Respaldo del Parlamento Europeo
La posición española cuenta además con el aval del Parlamento Europeo, que en octubre de 2023 aprobó una resolución reafirmando que el cobro por el equipaje de mano no es legal conforme a la jurisprudencia del TJUE. En junio de 2025, la Eurocámara ratificó nuevamente esta postura, insistiendo en la ilegalidad de cobrar suplementos por este concepto.
- La Comisión Europea considera que las sanciones españolas vulneran la normativa comunitaria.
- España defiende la legalidad de las sanciones, apoyándose en sentencias del TJUE y resoluciones del Parlamento Europeo.
- El caso podría resolverse finalmente ante el Tribunal de Justicia de la UE.
El procedimiento abierto por Bruselas reaviva el debate sobre los derechos de los consumidores y la política tarifaria de las aerolíneas en la Unión Europea, a la espera de la resolución definitiva por parte de la justicia europea.
Nota:
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