El Tribunal Supremo rechaza la comparecencia de Ábalos en el Senado solicitada por el PP
El Tribunal Supremo ha denegado la autorización para que el exministro José Luis Ábalos, actualmente en prisión provisional desde el pasado 27 de noviembre, comparezca este jueves ante la comisión de investigación del Senado sobre el caso Koldo. La solicitud, presentada por el Partido Popular, fue considerada «demasiado apresurada» por el magistrado instructor del caso, Leopoldo Puente.
Motivos de la decisión judicial
A través de una resolución judicial, el magistrado Puente explicó que la solicitud realizada por la Cámara Alta para la comparecencia de Ábalos no pudo ser aceptada debido a la «singular premura» con la que se presentó. Según el juez, no fue posible otorgar la autorización en los plazos requeridos porque impediría celebrar la audiencia previa obligatoria de las partes implicadas.
No obstante, el juez dejó abierta la posibilidad de que el Senado vuelva a solicitar la comparecencia de Ábalos en el futuro, siempre que lo haga «con tiempo suficiente» para permitir la necesaria audiencia previa. La portavoz del PP en el Senado, Alicia García, había anunciado a finales de diciembre que la comparecencia del exministro estaba prevista para el 8 de enero.
Contexto político y actuación del Partido Popular
La comisión de investigación sobre el caso Koldo en el Senado se ha convertido en uno de los principales escenarios de la oposición ejercida por el Partido Popular frente al Gobierno. La negativa actual del Supremo no impide que el PP vuelva a intentar la comparecencia de Ábalos, especialmente después de que el propio magistrado haya sugerido que una nueva solicitud, presentada con más antelación, podría ser considerada.
Petición de juicio por jurado popular también rechazada
En paralelo a la negativa sobre la comparecencia, el magistrado instructor ha desestimado la petición tanto de José Luis Ábalos como de su exasesor Koldo García para ser juzgados por un jurado popular. Ambos están investigados por supuestas comisiones irregulares en la adjudicación de contratos públicos para la compra de mascarillas durante la pandemia.
La decisión judicial, comunicada este miércoles, argumenta que el procedimiento ya había sido establecido el pasado 3 de noviembre, descartando la vía del jurado popular. Según el auto, en la fase de recurso anterior, las defensas de Ábalos y García no plantearon la procedencia del juicio por jurado, por lo que el tribunal mantiene el procedimiento actual bajo la jurisdicción del Supremo.
Situación actual de José Luis Ábalos
José Luis Ábalos sigue siendo uno de los protagonistas de la actualidad política nacional. Este martes, el exministro solicitó al Congreso de los Diputados la reconsideración de la suspensión de sus derechos y deberes parlamentarios, con el objetivo de mantener su salario y su derecho a voto. Hasta el momento, la Cámara Baja no ha emitido una respuesta oficial a esta petición.
- El exministro permanece en prisión provisional desde noviembre.
- La comisión del Senado investiga las supuestas irregularidades en la adjudicación de contratos durante la pandemia.
- La posibilidad de una nueva comparecencia en el Senado sigue abierta, siempre que se cumplan los plazos legales.
- El Supremo ha rechazado también la celebración de un juicio por jurado popular para Ábalos y Koldo García.
Conclusión
La situación de José Luis Ábalos continúa generando repercusión tanto en el ámbito judicial como en el político. Mientras el Supremo mantiene una postura firme respecto a los procedimientos legales, el Senado y el Partido Popular insisten en su papel de control y fiscalización sobre el caso Koldo, dejando abierta la posibilidad de futuros movimientos en una investigación que sigue en el centro del debate público.
Nota:
Los contenidos publicados en este sitio han sido generados y/o reelaborados mediante el uso de herramientas de inteligencia artificial.
elpuebloinforma.com declina toda responsabilidad, directa o indirecta, por eventuales errores, inexactitudes, omisiones u otras irregularidades presentes en los textos.
El usuario reconoce que dichos contenidos tienen exclusivamente fines informativos y no pueden sustituir en ningún caso fuentes oficiales ni asesoramientos profesionales.