El Supremo traslada la condena de García Ortiz a la Inspección Fiscal para estudiar su expulsión

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El Tribunal Supremo remite la sentencia contra García Ortiz a la Inspección Fiscal para analizar su posible expulsión

El Tribunal Supremo ha remitido la sentencia condenatoria contra el ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado. El objetivo es que se estudie la posible expulsión de García Ortiz del Ministerio Público tras su condena por un delito de revelación de secretos.

Detalles del auto judicial

Según se indica en el auto del Supremo, se ordena enviar “copia de la presente resolución a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado, junto con testimonio de la Sentencia, a los efectos oportunos”. Esta actuación busca que se evalúen las consecuencias disciplinarias que podrían derivarse de la condena.

Además, el auto establece la ejecución de la sentencia, la cual queda registrada bajo el número 2/2025 en el correspondiente libro judicial. Asimismo, se informa tanto al Ministerio Fiscal como a las demás partes personadas en la causa.

Condena y sanciones económicas

La sentencia contempla la imposición de una multa a Álvaro García Ortiz por valor de 7.200 euros, así como el pago de una indemnización de 10.000 euros a Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

  • Multa de 7.200 euros al ex fiscal general.
  • Indemnización de 10.000 euros a Alberto González Amador.

Motivos de la condena y posiciones en el tribunal

La Sala Segunda del Tribunal Supremo condenó a García Ortiz por haber revelado información secreta en relación con la filtración de datos que afectaron a la pareja de Isabel Díaz Ayuso. La decisión se adoptó por mayoría, aunque en la resolución se incorporaron los votos particulares de las magistradas Ana María Ferrer y Susana Polo.

El fallo no solo impone la sanción económica, sino que también establece una inhabilitación para ejercer el cargo de fiscal general del Estado durante dos años. La pena consiste en una multa de 12 meses, con una cuota diaria de 20 euros.

Rechazo a la alegación de vulneración de derechos fundamentales

La defensa de García Ortiz argumentó que durante la instrucción del caso se vulneraron sus derechos fundamentales, concretamente el derecho a ser informado de la acusación. Sin embargo, la sentencia rechaza esta alegación, señalando que el acusado tuvo conocimiento claro y suficiente de los hechos imputados y de su calificación jurídica desde las primeras fases del procedimiento, lo que le permitió organizar su defensa en todo momento.

El Tribunal Supremo también desestimó que se hubiera producido una vulneración de derechos fundamentales que pudiera abrir la vía al recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Próximos pasos

Con la remisión de la sentencia a la Inspección Fiscal, se abre ahora la posibilidad de que García Ortiz sea expulsado del Ministerio Público, en función de lo que determine este órgano tras analizar la resolución judicial.

Nota:

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