La dirección de Sidenor declara que la venta de acero a la empresa israelí de armamento fue anterior al embargo
El presidente de Sidenor, José Antonio Jainaga, junto a dos altos directivos de la compañía, comparecieron este miércoles ante el juez de la Audiencia Nacional Francisco de Jorge. La comparecencia se produce en el marco de una investigación por presunto contrabando y complicidad en delitos de lesa humanidad o genocidio, relacionados con la venta de acero a Israel Military Industries (IMSI), un conocido fabricante de armamento.
Detalles de la investigación judicial
El proceso judicial analiza si Sidenor, empresa líder en el sector metalúrgico, vendió acero a IMSI con pleno conocimiento de su destino para la fabricación de armas, tanto ligeras como pesadas. Según la providencia judicial, la compañía habría realizado estas transacciones sin solicitar la autorización pertinente al Gobierno español ni inscribirse en el registro correspondiente, requisitos legales para exportaciones de materiales sensibles.
Durante la declaración, los tres directivos comparecieron en calidad de investigados y únicamente respondieron a las preguntas formuladas por sus abogados defensores. Tras la sesión, Sidenor difundió un comunicado en el que asegura haber cumplido en todo momento con la legislación vigente relativa a sus operaciones comerciales con Israel.
Argumentos de la defensa de Sidenor
La empresa sostiene que, en el momento en que se realizaron las ventas a IMSI, no existía ninguna restricción comercial entre España e Israel. Además, Sidenor afirma que decidió cancelar los envíos de acero en julio, casi tres meses antes de que el Gobierno decretase oficialmente el embargo de armas, por lo que sus actuaciones se habrían producido dentro del marco legal.
Desde la compañía también se subraya que el tipo de acero suministrado no figura en el Anexo I de los reglamentos españoles ni europeos que identifican productos sujetos a controles especiales por parte de la Administración. Por este motivo, Sidenor considera que no era necesario inscribirse en ningún registro específico ni solicitar una autorización previa para exportar ese material a Israel, país que en ese momento no estaba bajo embargo.
Asimismo, la empresa defendió ante el juez que en ningún momento recibió comunicaciones de las autoridades españolas o europeas que informaran sobre restricciones excepcionales a la venta de acero a Israel.
Origen de la acusación y puntos de conflicto
El inicio de la investigación se remonta a una querella presentada por la Asociación Comunitat Palestina de Catalunya-Terra Santa, que actúa como acusación popular en la campaña Fin al Comercio de Armas con Israel. Los querellantes mantienen que Sidenor debía haber solicitado autorización gubernamental para la exportación, en cumplimiento del Reglamento Europeo 821/2021.
- La defensa de Sidenor argumenta que la exportación se realizó antes del embargo y que el producto no requería control especial.
- La acusación sostiene que, independientemente de la fecha, la empresa estaba obligada a solicitar permisos previos para exportar a un fabricante de armamento.
El magistrado Francisco de Jorge estudia si, efectivamente, la compañía incumplió la normativa de exportación de materiales estratégicos, al no tramitar la autorización correspondiente ni inscribirse en el registro oficial, como establece la legislación europea.
Situación actual y próximos pasos
La causa judicial continúa abierta y se encuentra en fase de instrucción. Está previsto que se practiquen nuevas diligencias para determinar con mayor precisión la cronología de las ventas, la naturaleza del material exportado y el grado de conocimiento de la cúpula de Sidenor sobre el destino final del acero.
Este caso subraya la importancia de los mecanismos de control en operaciones internacionales con materiales susceptibles de uso militar, y abre el debate sobre la responsabilidad de las empresas en el cumplimiento de la normativa nacional y europea en materia de exportaciones estratégicas.
Noticia en desarrollo.
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