El nuevo Estatuto del Becario pone límites al número de becarios por empresa

Lectura de 5 min

Claves del nuevo Estatuto del Becario: ¿cuántos becarios puede tener una empresa?

El Gobierno ha aprobado una nueva normativa que regula las condiciones de las personas en formación práctica no laboral en las empresas, conocida como el Estatuto del Becario. Este marco legal, impulsado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social junto a los sindicatos, busca establecer límites claros y obligaciones tanto para empresas como para estudiantes, con el objetivo de garantizar la calidad y equidad en las prácticas profesionales.

El Estatuto del Becario, presentado en 2023 y ratificado recientemente por el Consejo de Ministros, aún debe pasar por la aprobación de las Cortes Generales, ya que tiene rango de ley. Esta regulación ha generado debates dentro del propio Gobierno, reflejando la importancia y sensibilidad del tema para el tejido social y educativo del país.

Uno de los principales objetivos del estatuto es definir los periodos y condiciones bajo los cuales se pueden realizar prácticas no laborales en empresas, así como el régimen jurídico que las ordena. El texto también ha sido objeto de críticas por parte de la comunidad universitaria, que denuncia su escasa participación en la elaboración de la norma.

Límites en la duración y número de becarios

  • Empresas: Solo podrán tener hasta un 20% de becarios respecto al total de su plantilla. En el caso de las pequeñas empresas (pymes), se permite un máximo de dos personas en formación, independientemente del número total de trabajadores.
  • Prácticas extracurriculares: Las realizadas durante los estudios de grado, máster o doctorado no podrán superar el 15% de las horas correspondientes a los créditos ECTS de la titulación, ni exceder las 480 horas.
  • Títulos propios universitarios: La suma de prácticas curriculares y extracurriculares no debe superar el 25% de los créditos ECTS de la titulación. Sin embargo, los títulos propios de al menos 60 créditos ECTS podrán ofrecer prácticas durante un periodo de hasta tres meses.

Compensación de gastos y obligaciones

Las empresas no están obligadas a remunerar a los becarios con un salario, pero sí deben compensar los gastos que los estudiantes asuman por motivos de desplazamiento, alojamiento o manutención, conforme a lo estipulado en los convenios o acuerdos de cooperación correspondientes.

Por otra parte, el estatuto detalla las obligaciones de los estudiantes en prácticas, quienes deberán:

  • Cumplir la normativa vigente sobre prácticas externas establecida por su centro educativo.
  • Seguir el proyecto formativo bajo la supervisión del tutor asignado por la empresa y en contacto con el tutor académico.
  • Incorporarse en la fecha acordada y cumplir el horario estipulado en el proyecto educativo.
  • Respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la empresa.
  • Desarrollar con diligencia las actividades acordadas y mantener la confidencialidad sobre la información interna y el secreto profesional tanto durante como después de la práctica.
  • Mostrar actitud respetuosa hacia la política de la empresa y preservar el buen nombre de su centro educativo.

Régimen sancionador: multas por incumplimiento

El Estatuto del Becario incorpora un régimen sancionador para las empresas que incumplan la normativa. Las multas por infracciones muy graves pueden oscilar entre 120.006 y 225.018 euros en su grado máximo. En casos de infracciones muy graves en grado mínimo, las sanciones van de 7.501 a 30.000 euros, y en grado medio, de 30.001 a 120.005 euros.

Un paso adelante en la regulación de las prácticas

La aprobación de este estatuto supone un avance significativo en la protección de los derechos de los estudiantes en prácticas y en la regulación de su relación con las empresas. Aunque el debate continúa abierto, especialmente en lo relativo a la participación de universidades y la remuneración de los becarios, la normativa establece límites claros y un marco de obligaciones y sanciones que pretende evitar abusos y mejorar la calidad de la formación práctica en el entorno empresarial.

Nota:

Los contenidos publicados en este sitio han sido generados y/o reelaborados mediante el uso de herramientas de inteligencia artificial.

elpuebloinforma.com declina toda responsabilidad, directa o indirecta, por eventuales errores, inexactitudes, omisiones u otras irregularidades presentes en los textos.

El usuario reconoce que dichos contenidos tienen exclusivamente fines informativos y no pueden sustituir en ningún caso fuentes oficiales ni asesoramientos profesionales.

Compartir este artículo
No hay comentarios