El Supremo detecta posibles delitos en el PSOE y remite la investigación a la Audiencia Nacional

Lectura de 5 min

El Tribunal Supremo advierte posibles delitos en el PSOE y traslada la investigación a la Audiencia Nacional

El Tribunal Supremo (TS) ha señalado la posible existencia de conductas irregulares e incluso potencialmente delictivas en la gestión de fondos en efectivo dentro del Partido Socialista Obrero Español (PSOE). Así lo recoge un auto firmado por el magistrado Leopoldo Puente, quien instruye la causa conocida como la Trama Koldo.

Traslado de la investigación a la Audiencia Nacional

Según la resolución, el juez ha decidido remitir al Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional, dirigido por el magistrado Ismael Moreno, tanto el informe elaborado por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, fechado el 8 de octubre, como la documentación aportada por el propio PSOE sobre pagos en metálico realizados a José Luis Ábalos y Koldo García. El objetivo es que, si el juez de la Audiencia Nacional encuentra indicios suficientes, abra una investigación sobre estos hechos.

Pagos en metálico bajo sospecha

El auto recoge que el informe de la UCO detectó comunicaciones relativas a posibles pagos en efectivo por parte del PSOE a favor de Ábalos y García. Estas transacciones, tanto por sus fechas como por sus cuantías, no estaban reflejadas en la documentación oficial aportada por el partido al Tribunal Supremo.

Tanto Ábalos como Koldo García, exresponsables del partido, se acogieron a su derecho constitucional a no declarar durante sus comparecencias ante el magistrado, por lo que no ofrecieron explicaciones sobre el origen y destino de estos fondos.

Cuestiones sin aclarar en la gestión de fondos

La resolución judicial destaca varias incógnitas que no han sido resueltas tras las declaraciones de otros responsables del PSOE, entre ellos el exdirector gerente y una empleada del partido:

  • Quién autorizaba y ejecutaba los pagos en metálico por compensación de facturas.
  • Falta de verificación de que quien reclamaba gastos era realmente quien los había realizado, según las facturas presentadas.
  • Ausencia de justificación clara sobre el origen de las cantidades en efectivo que el partido tenía en su sede.
  • No se comprobó si los pagos a devolver se habían realizado inicialmente en metálico o por vía bancaria.

El juez advierte que este procedimiento podría facilitar, en determinados casos, el blanqueo de capitales, ya que no se descarta que los fondos usados para compensar gastos puedan tener un origen ilícito o incluso delictivo.

Incongruencias en la operativa del partido

El auto también pone en duda la necesidad de utilizar grandes sumas de efectivo para compensar gastos de miembros del partido, especialmente cuando estos ya reciben emolumentos a través de transferencias bancarias. El magistrado señala que resulta difícil justificar la contratación de empresas de seguridad para trasladar dinero en efectivo a la sede del PSOE cuando las devoluciones de gastos podrían haberse realizado de modo más transparente mediante transferencias bancarias.

Remisión de documentación clave

Además de los informes y la documentación interna del partido, el Tribunal Supremo ha trasladado a la Audiencia Nacional las declaraciones tomadas al exgerente, a una empleada del PSOE y a Carmen Pano. Esta última testificó haber entregado personalmente dos pagos de 45.000 euros en efectivo en la sede del partido en octubre de 2020.

Competencia y próximos pasos

El auto concluye que, aunque existen indicios de posibles irregularidades o delitos, la competencia para investigar estos hechos recae en la Audiencia Nacional. El Tribunal Supremo sólo es competente respecto a José Luis Ábalos por su condición de aforado.

Con este traslado, la Audiencia Nacional será la encargada de decidir si procede abrir una investigación formal sobre estas operaciones en metálico y las posibles responsabilidades penales derivadas para el PSOE y sus responsables.

Nota:

Los contenidos publicados en este sitio han sido generados y/o reelaborados mediante el uso de herramientas de inteligencia artificial.

elpuebloinforma.com declina toda responsabilidad, directa o indirecta, por eventuales errores, inexactitudes, omisiones u otras irregularidades presentes en los textos.

El usuario reconoce que dichos contenidos tienen exclusivamente fines informativos y no pueden sustituir en ningún caso fuentes oficiales ni asesoramientos profesionales.

Compartir este artículo
No hay comentarios