La Abogacía del Estado rechaza suspender el voto a hijos de nacionalizados por la ‘ley de nietos’

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La Abogacía del Estado se opone a suspender el voto de hijos de nacionalizados por la ‘ley de nietos’

La Abogacía del Estado ha manifestado su oposición a la suspensión del derecho al voto de los hijos de personas nacionalizadas a través de la conocida como ‘ley de nietos’, una medida cautelar solicitada por Vox y la asociación Iustitia Europa ante el Tribunal Supremo.

Contexto de la petición

Vox e Iustitia Europa solicitaron al Supremo que, de manera cautelarísima y sin escuchar previamente a las partes implicadas, se suspenda el derecho al voto de aquellos ciudadanos inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) que hayan adquirido la nacionalidad española mediante el Anexo III de la ley de nietos. Según datos ofrecidos por Iustitia Europa, hasta el 31 de julio de 2026 se contabilizaban 189.678 inscripciones de este tipo, justo antes del cierre del censo electoral para los próximos comicios.

La propuesta consiste en que los votos de estos ciudadanos puedan ser recibidos, pero queden «separados y bajo custodia», sin incorporarse al escrutinio hasta que se complete la identificación de los electores afectados y se verifique su relación con sus progenitores, quienes también están sujetos a medidas cautelares.

Argumentos de la Abogacía del Estado

En su respuesta al Tribunal Supremo, la Abogacía del Estado advierte del riesgo que supondría la suspensión cautelar, ya que podría afectar al escrutinio final de las elecciones. Señala que podrían quedar sufragios «emitidos pero pendientes de computar», lo que alteraría el resultado final hasta que se resolviera la situación jurídica de estos electores.

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Además, la Abogacía subraya que no existe hasta el momento una sentencia firme que demuestre que las personas afectadas hayan obtenido la nacionalidad española de manera irregular. Por ello, considera que no procede adoptar una medida que afecte derechos fundamentales sin una base legal consolidada.

Asimismo, sostiene que la sentencia que eventualmente pudiera dictarse no alcanzaría a los afectados por la medida cautelar, ya que su derecho a optar por la nacionalidad deriva de su condición de «hijos e hijas mayores de edad de españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad».

Dificultades operativas en la identificación

Otro de los argumentos clave es la complejidad operativa de identificar individualmente a los afectados. La Abogacía del Estado alerta que esto requeriría revisar manualmente los expedientes en todas las oficinas consulares, una tarea que ya supuso un esfuerzo extraordinario en ocasiones anteriores y que sería inviable de repetir en el plazo necesario para garantizar la transparencia y agilidad del proceso electoral.

Situación actual

Por el momento, el derecho al voto para los hijos de nacionalizados por la ley de nietos permanece suspendido por decisión previa del Tribunal Supremo, mientras se resuelve el fondo de la cuestión. La Abogacía del Estado insiste en la importancia de garantizar la seguridad jurídica y la protección de los derechos electorales hasta que exista una resolución definitiva.

  • La ‘ley de nietos’ permite la nacionalización de descendientes de españoles en el extranjero.
  • Vox e Iustitia Europa solicitan suspender el voto de los hijos de nacionalizados bajo esta ley.
  • La Abogacía del Estado rechaza la petición, apuntando a los riesgos para el escrutinio y la falta de sentencia firme.
  • La identificación manual de los afectados se considera inviable a corto plazo.

Nota:

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