¿Doble vara de medir? El debate sobre la aplicación de la Ley de Partidos a los neonazis de Noviembre Nacional
El grupo ultraderechista Núcleo Nacional, conocido por su fomento del supremacismo blanco, ha oficializado este sábado la presentación de su nueva formación política: Noviembre Nacional. Registrada en febrero pasado ante el Ministerio del Interior, su irrupción reabre el debate sobre la aplicación de la Ley de Partidos Políticos y la percepción de desigualdad en el tratamiento legal de diferentes ideologías extremistas en España.
Nuevos actores en la ultraderecha española
Noviembre Nacional, que sitúa su domicilio legal en Valladolid, se suma al panorama político con una marcada ideología xenófoba y supremacista. Su fundación pone nuevamente en el foco la eficacia y el alcance de la Ley de Partidos, una normativa nacida en 2002 bajo el Gobierno de José María Aznar y aplicada entonces para ilegalizar a Batasuna, pero que hasta la fecha no ha afectado a organizaciones de ultraderecha que hacen apología del nazismo o promueven discursos de odio.
Según Fernando Flores, profesor de Derecho Constitucional en la Universitat de València, “aquella no fue una auténtica ley de partidos, sino una ley antiterrorista”. Flores señala que “existe un doble rasero a la hora de abordar unos casos u otros”, en referencia al diferente trato otorgado a organizaciones vinculadas a la izquierda abertzale frente a formaciones de extrema derecha.
La legalización de Noviembre Nacional
El registro de Noviembre Nacional como partido político se realizó el 10 de febrero. La dirección legal coincide con la que figura en la inscripción de Núcleo Nacional como asociación, realizada en agosto de 2024. Enrique Lemus, un veterano activista ultraderechista, fue el responsable de este trámite.
La existencia y actividades de Núcleo Nacional ya eran conocidas por las autoridades: en abril de 2025, la Guardia Civil inició una investigación por un posible delito de odio tras la difusión de un vídeo en redes sociales, remitiendo el caso a la Fiscalía. Sin embargo, la inscripción de Noviembre Nacional no encontró obstáculos, pese a estas diligencias previas.
El papel del Ministerio del Interior y la Fiscalía
Fuentes del Ministerio del Interior han aclarado que tanto el Gobierno como la Fiscalía pueden solicitar la declaración de ilegalidad de un partido, pero la disolución solo puede ser decretada por resolución judicial. Desde la llegada de Pedro Sánchez al Ejecutivo en 2018, no se ha iniciado ningún proceso de ilegalización contra partidos de ultraderecha; todas las formaciones ilegalizadas hasta ahora pertenecían al ámbito de la izquierda abertzale.
Fernando Flores considera llamativo que en el momento de la creación de Noviembre Nacional como partido, “el Ministerio Fiscal no haya actuado”, pese a los indicios de promoción de odio, hostilidad y discriminación. Recuerda que la ley no sanciona ideas, sino conductas, pero sostiene que las acciones y mensajes de este grupo deberían haber motivado la apertura de un expediente.
Apología del odio y polémicas recientes
El pasado 9 de junio, Núcleo Nacional difundió en redes sociales un mensaje en apoyo a disturbios racistas en Belfast, instando a hombres blancos a participar en actos violentos. Este tipo de pronunciamientos ha incrementado la presión política sobre la necesidad de aplicar la Ley de Partidos. La portavoz adjunta de Sumar, Aina Vidal, solicitó en el Congreso que se impida la consolidación de Núcleo Nacional como formación política.
Fundamentos legales y desafíos interpretativos
Albert Noguera, catedrático de Derecho Constitucional, afirma que la Ley de Partidos provee “base legal suficiente para ilegalizar Noviembre Nacional y cualquier otro partido de ideología neonazi”. A su juicio, la normativa de 2002 fue creada expresamente para facilitar la ilegalización de Batasuna en un contexto de represión contra la izquierda abertzale, cumpliendo un propósito muy específico.
Entre las figuras más visibles de Núcleo Nacional se encuentra Isabel Peralta, militante neonazi condenada recientemente por un delito de odio contra migrantes. Noguera destaca que la estrategia de Peralta y otros activistas se ampara en el carácter no militante de la democracia española, donde “no se persiguen ideas, sino conductas”, lo que permite que partidos puedan defender propuestas contrarias a valores constitucionales sin incurrir necesariamente en delito.
- La Ley de Partidos Políticos establece que la disolución de un partido solo puede ordenarse por resolución judicial.
- La normativa no prohíbe la tenencia de ideologías racistas, sino la comisión de actos considerados delitos de odio.
- Hasta el momento, solo formaciones de la izquierda abertzale han sido ilegalizadas en aplicación de esta ley.
¿Existe un doble rasero?
Tanto Noguera como Flores coinciden en la existencia de un trato desigual. Flores sostiene que “el doble rasero es evidente” y especula que la falta de actuación puede deberse al temor a que una intervención judicial agrave la situación. Noguera añade que históricamente ha existido connivencia política del régimen del 78 con organizaciones de ultraderecha, lo que explicaría la ausencia de medidas similares a las tomadas contra formaciones vinculadas a la izquierda abertzale.
La percepción de una aplicación selectiva de la Ley de Partidos refuerza el debate sobre la necesidad de revisar los mecanismos de control de las organizaciones que promueven discursos de odio y de garantizar una igualdad de criterios en la protección de los valores democráticos y constitucionales.
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