La Audiencia de Alacant archiva la querella contra Martín Villa por la muerte de Teófilo del Valle
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Alacant ha decidido archivar la querella presentada contra el exministro Rodolfo Martín Villa, relativa a la muerte del trabajador Teófilo del Valle ocurrida en 1976 en Elda. Esta decisión se fundamenta en que los delitos atribuidos no estaban tipificados en el momento de los hechos y, en cualquier caso, estarían prescritos.
Contexto de la querella
La querella, interpuesta por el hermano de la víctima, José Antonio del Valle Pérez, señalaba a Martín Villa y a otros responsables, entre ellos el miembro de la Policía Armada Daniel Aroca del Rey, el sargento Laureano Ballesteros, el capitán Carlos Holgado y el exgobernador civil Benito Sáez González. Se les acusaba de delitos de lesa humanidad en concurso con un delito de asesinato, tras la muerte de Teófilo del Valle el 24 de febrero de 1976.
El pasado 27 de enero, el Juzgado de Instrucción de Elda había suspendido provisionalmente las declaraciones previstas de algunos de los investigados, a la espera de que la Audiencia resolviera el recurso de apelación presentado por Martín Villa contra la admisión a trámite de la querella.
Motivos del archivo
En el auto fechado el 5 de mayo de 2026, la Audiencia Provincial estima el recurso de apelación de Martín Villa y desestima la admisión de la querella. El tribunal ha considerado varios argumentos presentados por la defensa del exministro, entre los que destacan:
- La prescripción de los delitos supuestamente cometidos.
- La existencia de la Ley de Amnistía de 1977, que extinguiría la responsabilidad penal por los hechos de aquella época.
- La inaplicabilidad retroactiva de normas penales y la imposibilidad de fundamentar la acusación en derecho penal consuetudinario internacional.
- La falta de relación directa de Martín Villa con los hechos, ya que su imputación se basaba únicamente en su cargo como ministro en la fecha de los acontecimientos.
La Sala enfatiza que la querella no puede admitirse porque los delitos atribuidos no estaban tipificados en el Código Penal en el momento de los hechos, por lo que no cabe aplicar sanciones con efectos retroactivos, ni siquiera apelando al derecho internacional consuetudinario.
Fundamentos jurídicos de la resolución
La Audiencia Provincial respalda su decisión en los principios de legalidad, irretroactividad penal y seguridad jurídica, recordando que la Ley de Amnistía de 1977 sigue vigente y es aplicable a los hechos investigados. Añade que incluso si los delitos hubieran estado tipificados en 1976, estos estarían prescritos conforme a los artículos 131 y 132 del Código Penal.
El tribunal también cita jurisprudencia previa del Tribunal Constitucional, que ha rechazado recursos similares al considerar que no se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva cuando se archivan procedimientos por estos motivos.
Conclusión de la Audiencia
La Audiencia Provincial de Alacant concluye que, en las circunstancias actuales, no procede abrir juicio oral ni continuar la instrucción del caso. Según el auto, la apertura del proceso no sería compatible con los principios del Derecho Penal y la normativa vigente.
Con esta resolución, contra la que no cabe recurso, se pone fin al procedimiento judicial por la muerte de Teófilo del Valle en 1976, archivando definitivamente la querella contra el exministro y el resto de los investigados.
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