El tribunal del ‘caso mascarillas’ desestima la recusación masiva solicitada por Koldo García

Lectura de 5 min

El tribunal del juicio del ‘caso mascarillas’ rechaza la recusación de la mayoría de sus miembros solicitada por Koldo García

El tribunal encargado de juzgar el denominado ‘caso mascarillas’ ha rechazado la solicitud de recusación presentada por la defensa de Koldo García, exasesor ministerial investigado en la causa. La petición, que afectaba a la mayoría de los magistrados que componen la sala, fue considerada extemporánea e improcedente por el propio tribunal durante la vista previa celebrada este jueves en Madrid.

Solicitud de recusación por supuesta afinidad y opinión previa

Durante la audiencia, la abogada Leticia de la Hoz, representante de Koldo García, propuso apartar al magistrado Julián Sánchez Melgar, alegando una «manifiesta afinidad» con el Partido Popular, ya que fue nombrado fiscal general del Estado durante el Gobierno de Mariano Rajoy. La recusación también se extendió a otros cuatro magistrados, argumentando que tenían «opinión formada» sobre el caso al haber participado previamente en la sala que admitió la denuncia inicial en el Tribunal Supremo.

  • Julián Sánchez Melgar
  • Andrés Martínez Arrieta (presidente de la Sala Segunda)
  • Manuel Marchena
  • Andrés Palomo
  • Eduardo de Porres

La defensa basó su argumentación en la imparcialidad de los jueces y su posible conocimiento previo de los hechos, lo que, según la abogada, podría afectar la objetividad del juicio.

Respuesta del tribunal y cambios en la composición

La Fiscalía, la acusación popular y la defensa del empresario Víctor de Aldama —otro de los acusados— se opusieron firmemente a la solicitud de recusación, calificándola de «extemporánea» y «de absoluta improcedencia». Tras deliberación, el presidente de la sala, Andrés Martínez Arrieta, anunció el rechazo de las recusaciones y recordó que la composición del tribunal fue comunicada públicamente el 14 de enero.

En las últimas horas, la composición del tribunal ha experimentado un ligero cambio debido a la baja médica de la magistrada Ana Ferrer. Inicialmente, se designó a Vicente Magro Servet como sustituto, pero, por la coincidencia con asuntos judiciales de especial urgencia y relevancia, ha sido reemplazado por la magistrada Susana Polo García.

Solicitudes adicionales de la defensa y cuestiones previas

Además de la recusación, la defensa de Koldo García solicitó su puesta en libertad provisional y la realización de una prueba de polígrafo. También planteó la celebración de un careo entre García y el empresario Víctor de Aldama, considerado comisionista en la causa. Sin embargo, el tribunal rechazó esta última petición.

Durante el trámite de cuestiones previas, tanto las defensas de José Luis Ábalos, exministro implicado, como la de Koldo García, pusieron en duda la competencia del Tribunal Supremo para juzgarles. Argumentaron que, tras la renuncia de Ábalos a su escaño en el Congreso el pasado 28 de enero, la causa debería pasar a la Audiencia Nacional, responsable del resto de piezas del caso. Este cambio podría retrasar la celebración del juicio y abriría a los acusados la posibilidad de recurrir en doble instancia, es decir, contar con una revisión posterior en el Supremo.

Implicaciones sobre la prisión provisional

El posible traslado del procedimiento a la Audiencia Nacional impactaría directamente en la situación de los acusados, quienes permanecen en prisión provisional desde el 27 de noviembre. El juez instructor, Leopoldo Puente, justificó la medida por el riesgo de fuga ante la proximidad del juicio oral. Un cambio de jurisdicción podría facilitar la revisión de esta medida cautelar.

El juicio principal está previsto para después de la Semana Santa, aunque la fecha definitiva dependerá de la resolución de las cuestiones previas y de la posible reasignación del tribunal.

Nota:

Los contenidos publicados en este sitio han sido generados y/o reelaborados mediante el uso de herramientas de inteligencia artificial.

elpuebloinforma.com declina toda responsabilidad, directa o indirecta, por eventuales errores, inexactitudes, omisiones u otras irregularidades presentes en los textos.

El usuario reconoce que dichos contenidos tienen exclusivamente fines informativos y no pueden sustituir en ningún caso fuentes oficiales ni asesoramientos profesionales.

Compartir este artículo
No hay comentarios