Procesados tres agentes de los Mossos d’Esquadra por presunta ayuda en la huida de Puigdemont
La titular del Juzgado de Instrucción número 24 de Barcelona ha procesado a tres agentes de los Mossos d’Esquadra, acusados de facilitar la huida del expresidente de la Generalitat de Catalunya, Carles Puigdemont, tras su visita a Barcelona el 8 de agosto de 2024. Esta decisión responde a la orden de la Audiencia de Barcelona, que el pasado 7 de julio solicitó la reapertura del caso tras admitir los recursos interpuestos por las organizaciones Hazte Oír y Vox.
Reapertura de la causa por mandato de la Audiencia
Inicialmente, la investigación había sido archivada al no apreciarse indicios de delito por parte de la magistrada encargada. Sin embargo, la Audiencia de Barcelona estimó que existían elementos suficientes para continuar con la instrucción, fundamentándose en los informes elaborados por la División de Asuntos Internos de los Mossos d’Esquadra y otras pruebas recabadas durante la investigación.
Indicios de colaboración para la huida
Según el auto judicial, existen indicios de que los tres agentes actuaron de manera coordinada con el objetivo de evitar la detención de Puigdemont, quien en ese momento tenía una orden de detención vigente dictada por el Tribunal Supremo. La documentación aportada incluye imágenes y vídeos en las que se observa a los policías escoltando a Puigdemont y, en algunos casos, sujetándolo del brazo para ayudarle a avanzar entre una multitud. Esta disposición fue calificada por la propia policía como «encapsulamiento», una práctica habitual en los servicios de protección de personalidades.
El tribunal considera que la presencia de los investigados en la escena no fue casual, sino resultado de una actuación concertada para facilitar la huida del expresidente catalán. De acuerdo con el auto, “cada uno de ellos habría asumido una tarea propia y complementaria, actuando de manera concertada, para evitar que el Sr. Puigdemont fuera detenido y posibilitar su huida posterior”.
Próximos pasos en el proceso judicial
Tras el procesamiento, la magistrada ha trasladado las actuaciones al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas para que, en un plazo de diez días, presenten sus escritos de acusación. La causa, por tanto, continúa su curso en sede judicial, y los agentes deberán responder a las acusaciones que se les imputen.
Posibles consecuencias legales
La Audiencia de Barcelona ha señalado que los hechos podrían encajar en el artículo 408 del Código Penal, que sanciona con inhabilitación especial de seis meses a dos años a los funcionarios públicos que, de forma intencionada, dejen de perseguir delitos. El tribunal revocó así el sobreseimiento provisional dictado anteriormente, estimando que los elementos recabados justifican la continuación del proceso penal.
- El caso se reabre tras la estimación de los recursos de Hazte Oír y Vox.
- Los agentes podrían enfrentarse a una pena de inhabilitación para empleo o cargo público.
- La instrucción sigue a la espera de los escritos de acusación del Ministerio Fiscal y las acusaciones personadas.
La evolución de este caso será clave para determinar las responsabilidades de los agentes implicados y el alcance de su actuación en los hechos relacionados con la huida de Carles Puigdemont.
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