Madrid propone que los fetos desde la semana 12 cuenten para ayudas a familias numerosas

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La Comunidad de Madrid propone que el «concebido no nacido» cuente para las ayudas a familias numerosas desde la semana 12 de gestación

La Comunidad de Madrid avanza en la tramitación de una nueva normativa que busca reconocer al «concebido no nacido» como miembro de pleno derecho en el núcleo familiar para el acceso a los beneficios y ayudas vinculadas a la condición de familia numerosa. Esta medida, impulsada por el Gobierno regional presidido por Isabel Díaz Ayuso, figura en un anteproyecto de ley publicado recientemente en el Portal de Transparencia, abriéndose así al trámite de audiencia e información pública.

Reconocimiento a partir de la semana 12 de gestación

La principal novedad del anteproyecto reside en que el reconocimiento del «concebido no nacido» se aplicará a partir de la semana 12 de gestación para el acceso a ventajas asociadas a la familia numerosa, aunque este requisito no será necesario para otros tipos de beneficios. De esta manera, la norma equipara jurídicamente al concebido con los hijos ya nacidos en el ámbito de competencias de la Comunidad de Madrid, siempre y cuando suponga un mayor beneficio para la familia.

Ámbito de aplicación y beneficios incluidos

Entre las ayudas y bonificaciones a las que podrán acceder las familias figuran deducciones fiscales, como las aplicadas en el impuesto sobre la renta por gastos escolares, o bonificaciones relacionadas con la adquisición de vivienda de segunda mano.

Asimismo, este reconocimiento permitirá que todas las familias que incluyan a un concebido en gestación puedan acceder a ayudas cuya concesión se basa en la renta familiar, tales como becas para estudios de Bachillerato, ayudas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros privados o subvenciones al alquiler para jóvenes.

Requisitos y certificación

Para que el concebido pueda ser considerado a efectos de los beneficios de familia numerosa, será necesario que la gestación haya alcanzado al menos la semana 12. En estos casos, la nueva norma contempla la creación de un certificado específico de «familia asimilada a familia numerosa». Este documento, imprescindible para acceder a las ayudas, tendrá validez hasta tres meses después de la fecha prevista de parto.

La acreditación del estado de gestación y de la fecha probable de parto deberá realizarse mediante un informe médico que acompañe la solicitud correspondiente. En situaciones de gestaciones múltiples, se computará individualmente a cada uno de los concebidos.

Plazos y aspectos pendientes

El anteproyecto no incluye disposiciones concretas sobre cómo proceder en los casos en los que, tras la obtención de una ayuda, el embarazo no llegue a término, dejando este escenario a la futura regulación o desarrollo normativo.

El periodo para presentar alegaciones a esta propuesta legislativa se abre este miércoles y permanecerá vigente hasta el 16 de abril. De este modo, la entrada en vigor de la ley no será posible antes de Semana Santa, a pesar de que ese era el objetivo inicial del Gobierno regional.

  • Reconocimiento del concebido a partir de la semana 12 de gestación para ayudas de familia numerosa.
  • Extensión de beneficios fiscales y sociales a las familias con concebidos no nacidos.
  • Certificado específico para familias asimiladas a numerosas, válido hasta tres meses tras la fecha prevista de parto.
  • El plazo de alegaciones estará abierto hasta el 16 de abril.

Nota:

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