La ONU reconoce la protección internacional del derecho a la huelga
La Corte Internacional de Justicia (CIJ), el principal órgano judicial de las Naciones Unidas, ha confirmado que el derecho a la huelga está protegido a nivel internacional. Esta decisión responde a una larga controversia sobre la interpretación del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Un fallo que zanja una década de debate
La resolución de la CIJ, emitida en una opinión legal consultiva y no vinculante, establece que el derecho a la huelga de los trabajadores y sus organizaciones está amparado por el Convenio núm. 87 de la OIT, adoptado en 1948. Aunque el texto original del convenio no menciona explícitamente la huelga, la CIJ interpretó que la protección de la libertad sindical que establece abarca también este derecho fundamental.
Según la Corte, “el sentido ordinario de los términos pertinentes del Convenio, interpretados de buena fe, en el contexto y a la luz del objeto y fin del tratado”, confirma que la protección de la libertad sindical integra también la protección del derecho de huelga.
Alcance y limitaciones de la interpretación
El tribunal subrayó que su interpretación no determina el “contenido concreto, el alcance o las condiciones de ejercicio de ese derecho”, cuestiones que seguirán dependiendo de las legislaciones nacionales de cada Estado y de los mecanismos internacionales competentes.
Asimismo, la CIJ destacó que los órganos de control de la OIT han reconocido de manera progresiva el derecho de huelga como parte de las garantías del Convenio núm. 87, posición que mantienen desde hace varias décadas.
Antecedentes de la disputa
El debate sobre el alcance del Convenio 87 se intensificó en 2012, cuando el grupo de empleadores dentro de la OIT cuestionó la interpretación tradicional que consideraba la huelga como parte de la libertad sindical. Argumentaron que los Estados miembros nunca incluyeron explícitamente ese derecho en el texto del convenio, lo que provocó un bloqueo institucional y paralizó los mecanismos de supervisión laboral de la OIT.
Frente a la falta de consenso entre gobiernos, sindicatos y empleadores, el Consejo de Administración de la OIT solicitó en 2023 a la CIJ una opinión consultiva para aclarar si el derecho de huelga está protegido por el Convenio 87.
Reacciones y repercusiones
Durante las audiencias celebradas en octubre de 2025 en La Haya, numerosos Estados y organizaciones internacionales defendieron que el derecho de huelga es inseparable de la libertad sindical y constituye una herramienta esencial para la negociación colectiva.
La opinión consultiva de la CIJ refuerza el reconocimiento internacional de la huelga como instrumento clave de acción colectiva. Aunque la resolución no tiene carácter obligatorio, se espera que influya en futuras decisiones judiciales y legislativas a nivel global, consolidando la posición de la OIT y del derecho internacional laboral sobre este asunto.
- La CIJ confirma que el derecho de huelga está protegido por el Convenio 87 de la OIT.
- El fallo no define los detalles del ejercicio de este derecho, que quedan en manos de los Estados.
- Se cierra así una década de disputas dentro de la OIT sobre la interpretación del convenio.
La decisión de la CIJ marca un hito en la protección de los derechos laborales y podría tener un impacto significativo en la regulación de la acción sindical en distintas jurisdicciones.
Nota:
Los contenidos publicados en este sitio han sido generados y/o reelaborados mediante el uso de herramientas de inteligencia artificial.
elpuebloinforma.com declina toda responsabilidad, directa o indirecta, por eventuales errores, inexactitudes, omisiones u otras irregularidades presentes en los textos.
El usuario reconoce que dichos contenidos tienen exclusivamente fines informativos y no pueden sustituir en ningún caso fuentes oficiales ni asesoramientos profesionales.
