La Junta Electoral enviará papeletas a todos los inscritos en el CERA, incluso a los inhabilitados para votar

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La Junta Electoral Central enviará la documentación electoral a todos los inscritos en el CERA, incluidos quienes no pueden votar

La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido remitir la documentación necesaria para participar en las elecciones del 29 de noviembre a todos los ciudadanos registrados en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), incluso a aquellos que, debido a resoluciones judiciales recientes, no podrán ejercer su derecho al voto.

Contexto: suspensión parcial por el Tribunal Supremo

La decisión de la JEC se produce tras el auto del Tribunal Supremo que suspendió temporalmente el derecho de sufragio a determinados ciudadanos nacionalizados bajo la conocida como “ley de nietos”. Esta ley permitió a descendientes de exiliados españoles obtener la nacionalidad, pero la reciente intervención del Alto Tribunal ha limitado la participación de una parte de este colectivo en los próximos comicios.

El objetivo principal de la JEC es asegurar que la documentación electoral llegue a todos los inscritos en el CERA que no estén afectados por la suspensión judicial y que cumplan los requisitos específicos establecidos por el Tribunal Supremo. Según fuentes del organismo, entre los más de 160.000 inscritos que obtuvieron la nacionalidad gracias a la ley de nietos, solo podrán votar quienes acrediten documentalmente su condición conforme a los criterios del Supremo.

Requisitos para poder votar

De acuerdo con la resolución judicial, la suspensión del derecho a voto no se aplicará en los casos en que los consulados expidan una certificación, bajo su responsabilidad, que acredite que la persona obtuvo la nacionalidad antes del 1 de agosto de 2026 y que es hijo o nieto de exiliados por motivos políticos, ideológicos, de creencia o de orientación sexual, tal como establece la Ley de Memoria Democrática. No se aceptará la acreditación basada únicamente en la instrucción administrativa posterior a la ley.

Esta instrucción administrativa ha sido uno de los puntos más controvertidos, ya que el Gobierno había dispuesto que se presumiría la condición de exiliado para todos los españoles que salieron del país entre 1936 y 1955, periodo que abarca desde el inicio de la Guerra Civil hasta la plena dictadura franquista.

Novedades en el proceso de voto desde el extranjero

A diferencia de procesos anteriores, para estas elecciones ya no es necesario realizar la solicitud previa del voto, conocido como “voto rogado”. Ahora, las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral se encargarán directamente de remitir la documentación a los inscritos en el CERA, simplificando el procedimiento y buscando incrementar la participación.

Calendario de envíos y recepción de papeletas

  • Los primeros envíos de la documentación electoral se realizarán entre el 24 y el 30 de octubre.
  • En el mes de noviembre, los votantes recibirán las papeletas correspondientes para poder ejercer su derecho al voto.

Con estas medidas, la Junta Electoral Central pretende garantizar la transparencia y la igualdad de condiciones en el proceso electoral, a pesar de las restricciones derivadas de la reciente interpretación judicial sobre la ley de nietos.

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