La jueza anula la citación de Mazón como testigo tras su entrada en la causa por la DANA

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La jueza de la DANA revoca la citación de Mazón como testigo tras su personación en la causa

La magistrada que instruye la causa sobre la gestión de la DANA del 29 de octubre de 2024 en el Tribunal de Instancia de Catarroja ha decidido dejar sin efecto la declaración testifical del expresident de la Generalitat, Carlos Mazón, tras su personación en el proceso judicial.

Decisión motivada por la Audiencia de València

Esta resolución judicial se produce después de que la Audiencia de València estimara el recurso de apelación presentado por Mazón, permitiéndole personarse en la causa. La decisión de la Audiencia Provincial, comunicada este miércoles, considera que todavía existen diligencias pendientes que podrían aportar información relevante sobre una posible inculpación futura del exmandatario autonómico.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial argumenta que la personación de Mazón resulta pertinente, ya que aún hay actuaciones en curso con capacidad para influir en su situación procesal.

Incompatibilidad de derechos entre testigo y persona personada

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha informado que, tras la admisión de la personación de Mazón al amparo de los artículos 118 y 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la jueza instructora ha considerado que el nuevo estatus procesal del expresident es incompatible con su comparecencia como testigo.

En su auto, la magistrada recuerda que la figura del testigo está obligada por ley a decir la verdad, bajo apercibimiento de incurrir en un delito de falso testimonio según el artículo 433 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Sin embargo, la persona personada en la causa dispone de derechos específicos, entre los que destacan:

  • Derecho a guardar silencio
  • Derecho a no prestar declaración si así lo desea
  • Derecho a no contestar a alguna o algunas de las preguntas formuladas
  • Derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable
  • Derecho a ser informado de los hechos que se le atribuyan y de cualquier cambio relevante en la investigación

Por tanto, la jueza concluye que el catálogo de derechos del artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal resulta incompatible con la obligación del testigo de responder verazmente a todas las cuestiones planteadas.

Formalización de la personación y antecedentes

En una diligencia de ordenación dictada este jueves, la letrada del juzgado ha formalizado la personación de Carlos Mazón y ha informado de este hecho al resto de las partes implicadas en el proceso.

Cabe recordar que el pasado 24 de marzo, la instructora había citado a Mazón para declarar como testigo, aunque no se llegó a fijar una fecha concreta para esa comparecencia. Posteriormente, a principios de mayo, la representación legal del expresident envió un escrito al juzgado de Catarroja manifestando que se encontraba a la espera de la resolución de la Audiencia de València sobre su estatus procesal, en relación con la solicitud de entrega voluntaria de llamadas y mensajes requeridos por la jueza.

Implicaciones para el proceso judicial

La revocación de la citación como testigo implica que Carlos Mazón afrontará el proceso con plenas garantías procesales, lo que puede influir en el desarrollo de la investigación sobre la gestión de la DANA. La actuación de la magistrada se ajusta a los derechos que asisten a las personas personadas en la causa, garantizando el respeto al debido proceso.

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