Justicia absuelve al Real Madrid por denuncias de ruido en conciertos del Bernabéu

Lectura de 5 min

La justicia exonera al Real Madrid por el exceso de ruido en conciertos del Bernabéu

La Audiencia Provincial de Madrid ha dictaminado que ni el Real Madrid Estadio SL ni su director general, José Ángel Sánchez, son responsables de ningún ilícito penal relacionado con el exceso de ruido generado durante los conciertos celebrados en el estadio Santiago Bernabéu. La decisión, hecha pública este miércoles, pone fin al proceso judicial abierto tras las denuncias de vecinos afectados por el nivel de decibelios en varios eventos musicales.

El fallo judicial exime al club y a su directivo

La sección tercera de la Audiencia Provincial estimó íntegramente los recursos presentados tanto por el club como por su director general. A esta postura se sumó también el Ministerio Fiscal, lo que ha permitido el sobreseimiento libre de las actuaciones judiciales en su contra. Según la resolución, se concluye que no existe responsabilidad penal alguna por parte del Real Madrid ni de José Ángel Sánchez en los hechos investigados.

El tribunal ha señalado que la responsabilidad sobre el cumplimiento de los límites de ruido recae en las empresas promotoras que alquilan el estadio para la celebración de eventos. Estas entidades son las encargadas de organizar, desarrollar y ejecutar los espectáculos, por lo que les corresponde velar por el respeto a la normativa municipal sobre contaminación acústica. En concreto, la resolución cita la Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica del 25 de febrero de 2011.

Además, la Audiencia subraya que la simple infracción de una disposición administrativa de protección ambiental no justifica, por sí sola, la intervención del Derecho Penal.

Antecedentes de la causa y argumentos de la denuncia

El origen del proceso se remonta a una querella presentada por la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu (AVPB) y otros seis vecinos, quienes acusaban tanto al club como a su directivo de delitos contra el medio ambiente en su modalidad de contaminación acústica. En la denuncia se hacía referencia a la superación de los límites sonoros en dieciocho conciertos y eventos celebrados en el estadio entre el 26 de abril y el 8 de septiembre del año anterior.

  • Entre los eventos señalados figuraban conciertos de artistas internacionales como Taylor Swift, Manuel Carrasco, Karol G y Duki.
  • También se incluía el espectáculo «La Velada del Año», promovido por el streamer Ibai Llanos.

La asociación aportó como prueba alrededor de 150 mediciones de ruido realizadas tanto por agentes municipales como por empresas de ingeniería externas. Además, argumentaban que el Ayuntamiento de Madrid había abierto varios expedientes sancionadores contra los promotores de los conciertos, imponiendo multas que oscilaban entre 16.000 y 148.000 euros.

El proceso judicial fue admitido a trámite por el Juzgado de Instrucción número 53 de Madrid el pasado enero, que consideró que existían indicios de la comisión de delitos. Sin embargo, la Audiencia Provincial ha determinado ahora el archivo definitivo de la causa respecto al club y su directivo.

Reacciones del Real Madrid

Tras conocerse la resolución, el Real Madrid expresó su satisfacción y aseguró que la decisión judicial confirma el carácter infundado de la querella presentada por la asociación vecinal. El club reiteró su confianza en la administración de justicia y se comprometió a seguir colaborando con las autoridades competentes en todo lo necesario.

Empresas promotoras, responsables del control acústico

Con este fallo, la Audiencia Provincial de Madrid deja claro que la obligación de controlar los niveles de ruido durante los eventos recae sobre las empresas organizadoras. El club, como propietario y arrendador del estadio, queda exento de responsabilidad penal en este aspecto, siempre que delegue la gestión de los espectáculos a terceros que cumplan con la normativa vigente.

El caso sienta un precedente relevante en la gestión de grandes eventos en recintos deportivos y culturales, especialmente en lo que respecta a la protección acústica y el reparto de responsabilidades entre promotores y propietarios de los espacios.

Nota:

Los contenidos publicados en este sitio han sido generados y/o reelaborados mediante el uso de herramientas de inteligencia artificial.

elpuebloinforma.com declina toda responsabilidad, directa o indirecta, por eventuales errores, inexactitudes, omisiones u otras irregularidades presentes en los textos.

El usuario reconoce que dichos contenidos tienen exclusivamente fines informativos y no pueden sustituir en ningún caso fuentes oficiales ni asesoramientos profesionales.

Compartir este artículo
No hay comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Salir de la versión móvil