España tendrá 12 semanas para decidir la devolución de cada migrante adulto en Ceuta

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España cuenta con un plazo máximo de 12 semanas para resolver la devolución de cada migrante adulto en Ceuta

El nuevo Pacto Europeo de Migración y Asilo ha establecido límites temporales estrictos para la tramitación de los expedientes de personas migrantes llegadas a Ceuta, especialmente tras la entrada masiva registrada el pasado 30 de julio. Según la normativa, España dispone de un plazo máximo de 12 semanas para resolver cada expediente de devolución de adultos, mientras que los procedimientos para menores no acompañados y solicitantes de asilo cuentan con particularidades y plazos diferenciados.

Ritmo de resolución de expedientes y cifras actuales en Ceuta

Actualmente, se están resolviendo entre 25 y 30 expedientes de devolución al día, según declaraciones del presidente de Ceuta, Juan Jesús Vivas. Esta cifra, calculada tras la llegada de entre 8.000 y 11.000 personas migrantes a la ciudad, indica que el proceso podría prolongarse durante al menos un año si se mantiene este ritmo. El cálculo, basado en fuentes consideradas «absolutamente confiables» por el entorno de Vivas, no ha sido confirmado oficialmente por el Gobierno central, que hasta el momento ha evitado facilitar estimaciones concretas.

Ante la saturación, el Ministerio del Interior trabaja en la habilitación de un nuevo Centro de Atención Temporal de Extranjeros (CATE) en El Tarajal, con capacidad para unas 400 personas. Este espacio provisional busca agilizar el triaje e identificación de los adultos recién llegados.

Plazos y procedimientos para adultos: devolución exprés y asilo

La mayoría de los adultos marroquíes, así como de nacionales de otros países considerados «seguros» por la normativa europea (como Egipto y Túnez), están siendo sometidos a un procedimiento de expulsión preferente. Este procedimiento se caracteriza por su rapidez y la reducción significativa de los plazos para presentar alegaciones: de los 15 días habituales en el proceso ordinario, se pasa a solo 48 horas en el exprés. Además, la expulsión se ejecuta inmediatamente tras la notificación de la resolución, sin contemplar un plazo para la salida voluntaria.

  • Procedimiento ordinario: 15 días para alegaciones y de 7 a 30 días para salida voluntaria.
  • Procedimiento preferente: 48 horas para alegaciones y ejecución inmediata de la expulsión.

No obstante, algunos adultos procedentes de «países seguros» pueden solicitar protección internacional si demuestran que su vida estaría en peligro en su país de origen. Según expertos jurídicos, este recurso es utilizado incluso por quienes no cumplen estrictamente los requisitos, ya que permite ganar tiempo durante la tramitación.

Solicitantes de asilo: plazos y garantías bajo el Pacto Europeo

Desde junio de 2026, los procedimientos de asilo en frontera se rigen por el nuevo Pacto Europeo de Migración y Asilo. El plazo máximo para resolver cada solicitud es de 12 semanas, incluyendo tanto el registro inicial como la resolución de posibles recursos administrativos. La legislación europea recomienda, incluso, intentar resolver estos casos en un plazo de seis semanas.

En caso de que la solicitud de asilo sea desestimada, las autoridades disponen de otras 12 semanas para ejecutar la expulsión. Los nacionales de terceros países no considerados «seguros» y con los que España no tenga acuerdos de retorno (como Mali, Burkina Faso, Libia o Somalia) pueden acceder a este procedimiento y paralizar su expulsión mientras se resuelve su caso.

Menores no acompañados: protección especial y dificultades en la repatriación

La situación de los menores no acompañados es aún más compleja. Según datos del secretario de Estado de Infancia, Rubén Pérez Correa, ya hay unos 2.500 niños identificados y bajo la tutela de los servicios de protección de Ceuta. No obstante, el proceso de repatriación de estos menores está prácticamente paralizado, debido a la escasa colaboración de las autoridades marroquíes en los últimos años.

La Ley de Extranjería española otorga protección especial a los menores, priorizando la reagrupación familiar tras la obtención de informes sobre sus circunstancias en el país de origen. El expediente de repatriación solo puede iniciarse si Marruecos proporciona la información solicitada. Una vez abierto, el procedimiento tiene un límite de seis meses, pero transcurridos 90 días, el menor adquiere el derecho a un permiso de residencia en España.

  • Inicio del expediente: tras recibir información del país de origen.
  • Duración máxima del expediente: seis meses.
  • Tras 90 días: derecho a permiso de residencia.

Expertos jurídicos señalan que la resolución de estos expedientes depende tanto del número de funcionarios y profesionales disponibles como de la cooperación marroquí. La falta de colaboración y los trámites individualizados hacen prácticamente inviable la resolución de todos los casos en el corto plazo.

Perspectivas y retos para la gestión migratoria en Ceuta

La gestión de la reciente crisis migratoria en Ceuta pone a prueba la capacidad de respuesta de las instituciones españolas y europeas. Mientras se refuerzan los recursos y se adaptan los procedimientos a la nueva normativa, la presión sobre los servicios de acogida y las dificultades para la repatriación, especialmente de menores, continúan siendo los principales desafíos a corto y medio plazo.

El cumplimiento de los plazos establecidos por el Pacto Europeo de Migración y Asilo será determinante para garantizar tanto los derechos de las personas migrantes como la eficacia de las políticas de retorno y protección internacional.

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