El TSJM frena el derribo del antiguo Baobab para evitar daños irreversibles al patrimonio

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El TSJM paraliza el derribo de los edificios del antiguo Baobab por riesgo de daño irreversible

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado la suspensión cautelar del derribo de los edificios situados en la calle Cabestreros 1 y 3, conocidos como el antiguo Baobab, en el barrio de Lavapiés. La decisión del tribunal responde al riesgo de causar un daño irreversible al patrimonio histórico de la ciudad, tras la resolución de la Comunidad de Madrid que permitía retomar las obras de demolición.

Contexto de la decisión judicial

La resolución del TSJM se produce tras la reanudación en mayo de los trabajos de demolición, autorizados por la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español de la Comunidad de Madrid, al considerar que los inmuebles carecían de valor cultural protegido. Esta medida levantaba una suspensión previa sobre las actuaciones en los edificios.

Sin embargo, la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha acordado, de manera urgente y sin oír previamente a la parte contraria, paralizar los trabajos mientras se analiza el fondo del asunto, dada la posibilidad de que el daño patrimonial sea irreversible.

Acciones y argumentos en defensa del patrimonio

El Partido Socialista, encabezado por la portavoz municipal Reyes Maroto, llevó el caso ante la Fiscalía el pasado enero para frenar el derribo. Maroto ha celebrado la decisión judicial, subrayando que “cuando se derriba un edificio con valor patrimonial, no hay vuelta atrás”. Según su defensa, los inmuebles están localizados dentro del área declarada Bien de Interés Cultural (BIC) Conjunto Histórico de la Villa de Madrid y la Zona Arqueológica del Recinto Histórico.

La portavoz socialista ha resaltado que los edificios forman parte de la identidad social y urbana de Lavapiés y están documentados desde hace siglos. Maroto ha criticado la actitud del Ayuntamiento de Madrid, acusándolo de priorizar proyectos turísticos sobre la protección del patrimonio local: “No podemos seguir borrando la memoria de nuestros barrios para sustituirla por actividades pensadas exclusivamente para el turismo”.

Motivos del TSJM para la suspensión cautelar

El auto judicial señala la urgencia de la medida, considerando que la demolición podría completarse antes de que se resuelva el fondo del recurso, lo que haría inútil cualquier decisión posterior. El tribunal aprecia la existencia de “periculum in mora”, es decir, el peligro de que el objeto del litigio pierda sentido si se permite continuar las obras antes de que haya una resolución definitiva.

El TSJM recalca el carácter irreparable del daño potencial, dada la integración de los inmuebles en el ámbito de protección BIC. Por ello, concluye que el interés general y colectivo de preservar el patrimonio debe prevalecer sobre los intereses económicos del titular de la licencia de demolición.

Valor histórico de los edificios y trabajo municipal

Antonio Giraldo, concejal socialista, ha destacado la colaboración del Grupo Municipal con expertos en patrimonio, arquitectura e historia, así como con asociaciones ciudadanas dedicadas a la defensa del patrimonio madrileño. Según Giraldo, existe una alta probabilidad de que los edificios correspondan a construcciones originales del siglo XVII.

Para fundamentar la solicitud de medidas cautelares, se presentó un informe pericial elaborado por un doctor en Arquitectura, que desmiente los argumentos de la Comunidad de Madrid y señala contradicciones en la resolución que permitía el derribo. Giraldo ha celebrado que el informe haya sido admitido por el TSJM, lo que permitirá evaluar judicialmente el valor patrimonial de los inmuebles.

Próximos pasos y repercusiones

El tribunal ha dado un plazo de tres días a las administraciones implicadas para que se pronuncien sobre el mantenimiento, modificación o levantamiento de la suspensión acordada. El auto es firme y no cabe recurso ordinario contra él.

  • La suspensión cautelar protege los edificios hasta que se decida judicialmente sobre su valor y destino.
  • El caso reabre el debate sobre la protección del patrimonio histórico frente a la presión urbanística y turística en la capital.

La resolución del TSJM marca un precedente relevante en la defensa del patrimonio madrileño y pone en el centro del debate la necesidad de equilibrar el desarrollo urbano con la preservación de la identidad cultural y social de los barrios históricos.

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