El Tribunal Supremo desestima el recurso de Abogados Cristianos contra el Consejo de la Memoria Democrática
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por la asociación ultracatólica Abogados Cristianos contra el real decreto 265/2025, que regula tanto el Consejo de la Memoria Democrática como el Registro Estatal de Entidades de Memoria Democrática. El fallo considera que el despacho carece de legitimación para impugnar la norma y, además, sus objeciones no guardan relación directa con el contenido del decreto.
Falta de legitimación y argumentos desvinculados del decreto
En su resolución, el Alto Tribunal señala que Abogados Cristianos “carece de la legitimación” necesaria para recurrir esta disposición legal, motivo por el cual inadmite el recurso y condena a la asociación al pago de las costas procesales, con un límite máximo de 4.000 euros. Según la sentencia, las alegaciones del colectivo son ajenas al fondo del real decreto, y la composición del Consejo de la Memoria Democrática, dominada por representantes gubernamentales, no supone una vulneración de la libertad ideológica.
Motivaciones del recurso presentado
La asociación había interpuesto el recurso el 24 de abril de 2025, argumentando que la normativa, impulsada por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, carece de neutralidad y vulnera los principios constitucionales relativos a la neutralidad ideológica. Según el colectivo, el decreto representa un “instrumento deliberado para ocultar o minimizar la persecución religiosa durante la Guerra Civil española (1936-1939)”, especialmente en la zona republicana, donde, afirman, la Iglesia católica y sus fieles fueron víctimas.
Abogados Cristianos sostiene que la regulación impone una visión “sesgada” de la historia, relegando a un segundo plano a las víctimas religiosas y promoviendo lo que califican como “revisionismo histórico ideológicamente motivado”. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha descartado que estos argumentos tengan peso jurídico suficiente para cuestionar la legalidad del real decreto.
Reacciones tras la decisión judicial
El ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres, ha celebrado la decisión del Supremo, destacando que la sentencia supone un respaldo a los derechos humanos y a la dignidad de quienes lucharon por la libertad frente al totalitarismo. A través de un mensaje en la red social X, el ministro ha subrayado que el fallo avala la Ley de Memoria Democrática y los mecanismos creados para reconocer el trabajo de las entidades memorialistas en defensa de la verdad, la justicia y la reparación.
“Hacer memoria es más necesario que nunca”, ha enfatizado el ministro tras conocerse la resolución judicial.
Contexto de la Ley de Memoria Democrática
La Ley de Memoria Democrática, junto con el Reglamento que ahora es objeto de controversia, tiene como objetivo principal garantizar el reconocimiento y reparación de las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura franquista, así como fomentar la investigación y la divulgación de la memoria histórica desde una perspectiva plural y democrática.
- El Consejo de la Memoria Democrática actúa como órgano consultivo en la implementación de políticas públicas relacionadas con la memoria histórica.
- El Registro Estatal de Entidades de Memoria Democrática reconoce y coordina a las asociaciones y entidades dedicadas a estos fines.
Con esta sentencia, el Tribunal Supremo refuerza el marco legal impulsado por el Gobierno en materia de memoria democrática, rechazando impugnaciones que, según el criterio judicial, no cuentan con fundamento jurídico ni legitimación suficiente para prosperar.
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