El Tribunal Supremo exige al Gobierno la lista de 163.020 nacionalizados con la ‘ley de nietos’ y advierte sobre posibles responsabilidades penales
El Tribunal Supremo ha solicitado formalmente a los ministros de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares, la entrega del listado nominal de las 163.020 personas que han obtenido la nacionalidad española en virtud de la conocida como ‘ley de nietos’. Este requerimiento se produce tras la decisión del Alto Tribunal de retirar el derecho al voto a este grupo de nacionalizados, en respuesta a las peticiones de las asociaciones Iustitia Europa y Vox.
Advertencia de sanciones y posibles consecuencias penales
En su resolución, el Supremo establece un plazo de cinco días para que los ministros, a través de la Abogacía del Estado, hagan llegar la lista solicitada, que concluirá a las 15:00 horas del 28 de octubre de 2026. La Sala advierte que, de no cumplirse este mandato en el tiempo estipulado, se podrían imponer multas coercitivas de 1.000 euros a los responsables, reiterando la sanción hasta que se ejecute completamente la resolución judicial. Además, el Tribunal no descarta trasladar los hechos a la vía penal si considera que existe responsabilidad en el incumplimiento.
El Tribunal subraya la importancia de esta relación nominal para garantizar la transparencia y objetividad en la conformación del censo electoral. Según la Sala, hasta el momento solo 91 personas han acreditado su condición de exiliados entre los 31.390 expedientes revisados desde la aplicación de la medida cautelar el pasado 10 de septiembre.
Dificultades técnicas y administrativas en la identificación de los nacionalizados
La ejecución de la solicitud del Supremo ha puesto de manifiesto importantes limitaciones técnicas y administrativas. La Dirección General de Asuntos Consulares ya había advertido sobre la dificultad de determinar, mediante los sistemas informáticos actuales, la vía concreta por la que se ha adquirido la nacionalidad española en estos casos, especialmente en lo relativo a la Disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática (LMD).
La Abogacía del Estado, por su parte, ha reiterado en varios escritos la imposibilidad de realizar un filtrado automático que distinga entre las diferentes vías de adquisición de la nacionalidad, dadas las limitaciones de los registros y la antigüedad de las aplicaciones utilizadas. El Gobierno también ha señalado que la ejecución del auto requiere adaptaciones informáticas aún en desarrollo, y que el Registro de Matrícula Consular no permite identificar de manera directa a los ciudadanos inscritos en el CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes) bajo la LMD sin un análisis manual individualizado de cada expediente.
Discrepancias en el seno del Tribunal Supremo
Como en resoluciones anteriores, la magistrada María Alicia Millán ha emitido un voto particular en contra de la medida adoptada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Millán argumenta que la suspensión del derecho al voto a estas personas afecta de manera sustancial a la estabilidad y certeza del censo electoral, calificándolo como provisional y generando inseguridad jurídica e incertidumbre operativa. La magistrada sostiene que estas circunstancias son incompatibles con los principios de regularidad y estabilidad esenciales en los procesos electorales democráticos.
Contexto de la ‘ley de nietos’ y el debate sobre el censo electoral
La llamada ‘ley de nietos’, enmarcada en la Ley de Memoria Democrática, ha permitido que descendientes de españoles exiliados puedan acceder a la nacionalidad española. Sin embargo, la aplicación de esta legislación, especialmente en un contexto de adelanto electoral, ha suscitado un intenso debate sobre la transparencia y la integridad del censo electoral, así como sobre los derechos políticos de los nuevos nacionalizados.
- El Tribunal Supremo exige la lista nominal de nacionalizados para garantizar la transparencia electoral.
- El Gobierno alega dificultades técnicas y administrativas para la elaboración de dicho listado.
- La magistrada Millán mantiene su postura contraria a la suspensión del derecho al voto.
- La Sala advierte a los ministros de posibles sanciones económicas y responsabilidades penales en caso de incumplimiento.
El desarrollo de este proceso, así como las medidas y decisiones que adopten tanto el Gobierno como el Tribunal Supremo en los próximos días, serán determinantes para el futuro del censo electoral y la configuración de los derechos de los nuevos ciudadanos españoles.
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