El Supremo confirma multa a jueza por insultar y humillar a compañeros

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El Tribunal Supremo ratifica multa de 2.000 euros a una jueza por insultos y humillaciones a compañeros

El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de 2.000 euros impuesta a una jueza titular en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 4 de Nules (Castellón), tras constatarse que humilló e insultó de manera reiterada a varios compañeros de su entorno laboral. La decisión desestima el recurso presentado por la magistrada contra la resolución del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que previamente ya había rechazado los argumentos de la defensa de la jueza.

Insultos y comentarios vejatorios en el entorno judicial

La sentencia, recogida por el Tribunal Supremo, describe un patrón de conducta inapropiada por parte de la magistrada entre octubre de 2020 y noviembre de 2022. Según los hechos probados por la Comisión Disciplinaria del CGPJ, la jueza utilizó expresiones despectivas y ofensivas, como “gilipollas”, “vago”, “retrasado”, “carapolla” y “frígida” para referirse a diversos funcionarios y compañeros en su oficina judicial.

En conversaciones privadas con otros empleados, la magistrada también empleó términos como “la frígida”, “ama de casa aburrida” o “trol” para aludir a colegas de trabajo. Además, convocó en una ocasión a varios trabajadores en su despacho, donde los calificó de “vagos” y advirtió con frases como “aquí van a rodar cabezas”, “yo no soy vuestra amiga” o “no quiero réplicas”.

Comentarios sexuales y humillaciones públicas

La resolución judicial recoge que la jueza realizó comentarios de carácter sexual de forma reiterada a uno de los funcionarios del juzgado, incluyendo preguntas como “¿A ti se te levanta?” y afirmaciones como “tiene un buen polvo”. Además, le regaló un jersey y le hizo comentarios sobre su relación sentimental, llegando a decirle: “¿Cuándo te lo vas a poner?”, “¿se lo has dicho a tu novia?”, “esa chica no te conviene” y “es muy celosa”.

Según la sentencia, la magistrada también humilló públicamente a este trabajador delante de otros compañeros, al manifestarle que “no vales nada”. En otras ocasiones, utilizó un tono amenazante y descalificó a otro funcionario con términos como “inútil”, “inepto” o “incompetente”, llegando a afirmar “no sirves para nada” y “desde que te vi te calé”, en presencia tanto de funcionarios como de público.

  • Insultos directos a compañeros y superiores
  • Comentarios despectivos y amenazas
  • Situaciones de humillación pública en dependencias judiciales
  • Presión psicológica sobre empleados

Rechazo de los argumentos de la defensa

La magistrada alegó falta de motivación probatoria en la resolución disciplinaria, argumentando que la valoración de la prueba no diferenciaba entre pruebas directas e indiciarias, entre otros motivos. Sin embargo, el Tribunal Supremo concluye que la resolución del CGPJ cuenta con suficiente fundamentación y que la apreciación conjunta de las pruebas acredita los hechos imputados.

El alto tribunal señala que “una cosa es la falta de motivación y otra distinta es que el destinatario del acto administrativo no comparta las argumentaciones que lo sustentan”, descartando así los argumentos de la defensa.

Testimonios y sanción económica

En el expediente disciplinario quedó recogido el testimonio de ocho funcionarios que pusieron en conocimiento de las autoridades las actitudes y comportamientos de la magistrada. El Tribunal Supremo también respalda el criterio de la Comisión Disciplinaria para fijar la sanción económica en 2.000 euros, considerando que está debidamente justificada y proporcionada a la gravedad de los hechos probados.

La sentencia pone de manifiesto la importancia de mantener unos estándares de respeto y profesionalidad en el ejercicio de la función pública, especialmente en el ámbito judicial, donde la convivencia y el entorno laboral deben regirse por el respeto y la dignidad hacia todos los empleados.

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